viernes, 19 de julio de 2019

Pliego Condiciones Caseta Municipal y Caseta Andaluza (Hogar Jubilado)

D. RAMON COLOMA GONZALEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

    HACE SABER: Que hasta el próximo  día 29 de Julio se podrán presentar las ofertas económicas para optar a la explotación de la CASETA MUNICIPAL y la CASETA ANDALUZA a instalar durante las Fiestas Patronales de 2019.
   El Pliego de Condiciones se puede descargar y consultar en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Santa Elena.
      La Mesa de Contratación se realizará el día 5 de Agosto a las 13 horas, en el Salón de Actos de este Ayuntamiento.
       Tipo de adjudicación:
   BAR CASETA MUNICIPAL:  1.500€. 
   BAR CASETA ANDALUZA:     300€
      Los tipos de adjudicación podrán ser mejorados al alza por los licitadores.
   Las ofertas para las subastas se presentarán en sobres cerrados, junto con la Declaración Responsable y el resguardo de ingreso de la Fianza del 10%.
   Los licitadores aceptan íntegramente las condiciones expresadas en el PLIEGO DE CONDICIONES.
     Los que resulten adjudicatarios efectuarán el pago total de la cantidad que resulte el día indicado en las clausulas del Pliego de Condiciones.
    Una vez finalizadas las fiestas, las instalaciones deben quedar completamente limpias.

   Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

Santa Elena, a 19 de Julio de 2019

EL ALCALDE-PRESIDENTE 
Fdo. Ramón Colóma González                                             PLIEGO DE CONDICIONES

jueves, 18 de julio de 2019

Pleno Extraordinario

   D. RAMON COLOMA GONZALEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:
   Primero: Convocar sesión plenaria Extraordinaria a celebrar el día 22 de Julio de 2019, a las 18’30 horas, con el siguiente orden del día:
1º.- Aprobación de Actas de sesión anterior de fecha 24 de Junio de 2019.
2º.- Declaración Tradicionalidad Festejos Taurinos.
3º.- Acuerdo Festejo Taurinos 2019.
4º.- Concesión de uso Casa Refugio.
5º.- Cuenta General 2018.
6º.- Licencias de Obra.
   Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Extraordinaria el próximo día 22 de Julio del 2019, a las 17’30 horas.
   Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Santa Elena, a fecha firma electrónica

EL ALCALDE                                                           LA SECRETARIA
Fdo. Ramón Coloma González                                 Fdo. Ana Isabel Moreno García


Grabación del Pleno
Actas

viernes, 5 de julio de 2019

Se acuerda el régimen dedicaciones.

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 24 de Junio de 2019, acordó el reconocimiento dedicación parcial miembro de la Corporación, cuyo tenor literal es el siguiente:
Visto que el artículo 75.2 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que los miembros de las Entidades Locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de Presidencia, Vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas.
• Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
• Los miembros de las Entidades Locales que sean personal de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes solamente podrán percibir retribuciones por su dedicación parcial a sus funciones fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo.
   Visto que el artículo 75 bis 1 establece respecto de las Entidades de población inferior a 1.000 habitantes, que sus miembros no tendrán dedicación exclusiva. No obstante, señala la Ley que excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
   Visto que la disposición adicional trigésimo quinta de la 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, regula el límite máximo que pudieren percibir los corporativos de los municipios de menos de 1.000 habitantes en concepto de dedicación parcial, según el siguiente cuadro.
Dedicación                                                                             Referencia   
Dedicación parcial al 75%                                                     31.839,20
Dedicación parcial al 50%                                                     23.348,55
Dedicación parcial al 25%                                                     15.920,13

   En base a lo anterior, las retribuciones máximas que los electos locales de los municipios de población inferior a 1.000 habitantes podrán recibir como dedicación parcial son las anteriormente referenciadas.
   Don Juan Caminero Bernal manifiesta “es el mismo régimen de dedicación estaba yo” Los presentes tomando conocimiento de cuanto antecede, por siete votos a favor y ninguno en contra lo que representa el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Local, que es de siete, Acuerda:
Primero: Asignar a cargo electivo (Alcalde) el concepto retributivo “Dedicación parcial al 75%” con una retribución anual bruta, que asciende a la cantidad de 31.839,20 con percepción en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de Junio y Diciembre, con el alta correspondiente a la Seguridad Social, con la asunción por parte de la Corporación, del pago de las cuotas empresariales correspondientes, con efecto desde el 25 de junio del 2019.
Segundo: Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

   Lo que se hace público para general conocimiento.

   Santa Elena, a 01 de Julio de 2019.- 
El Alcalde, 
RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

Acuerdo plenario de delegaciones especiales.

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 21 de Junio de 2019, por lo que en cumplimiento del Art. 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se designan para funciones especiales de representación de este Ayuntamiento, a los siguientes ediles:
- Residuos Urbanos de Jaén S.A. (RESURJA)”: Alcalde-Presidente y don Antonio Ruiz Sánchez.
- Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial:
Alcalde-Presidente e Ismael Fernández Jurado.
- Junta Rectora del Parque Natural de Despeñaperros: Alcalde-Presidente e Inmaculada Alcaide García.
- Colegio Público “Carlos III” y Centro de Educación de Adultos: Inmaculada Alcaide García.
- Zona de Acción Especial: Alcalde-Presidente.
- Plan de Reindustrialización Carretera N-IV: Alcalde-Presidente y Antonio Ruiz Sánchez.
- Prodecan: Alcalde-Presente.
- Fundación Pablo de Olavide: Alcalde-Presidente e Ismael Fernández Jurado.

   Las delegaciones se refieren únicamente a asesoramiento y consulta de los asuntos referentes a las materias citadas, que serán resueltas bien por el Alcalde o Pleno, según el ámbito y alcance del acuerdo a tomar y de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
   Las delegaciones en las diversas áreas quedan detalladas en el punto anterior.
   Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Elena, a 01 de julio de 2019.- 
El Alcalde, 
RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.                BOP  Nº127    05/07/2019

Aprobación del Padrón del agua, basura, alcantarillado y canon de mejora de infraestructura autonómico

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 1 de julio 2019, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de Agua Potable y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y Alcantarillado, correspondientes a los meses de Mayo y Junio de 2019. A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y Tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se  presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de Agua Potable y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y Alcantarillado, correspondientes a los meses de Mayo y Junio de 2019, en:

Plazo de Ingreso: del 1 de Julio de 2019, a el 31 de Agosto de 2019.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan. 
Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, a 01 de julio de 2019.- 
El Alcalde, 
RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

martes, 2 de julio de 2019

Publicidad empresas y negocios de la localidad en programa de fiestas

   Se está cerrando la publicidad para insertar en el programa de fiestas 2019.
   Se hace un llamamiento a todas las empresas y negocios locales o de la comarca que quieran poner un anuncio en el mismo para que lo traigan al Ayuntamiento antes del 18 de Julio y se les informará de las condiciones para insertarlo en el programa.

Decreto nombramiento Tenientes Alcaldes.

D. Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2019, ha sido nombrado como 1º Teniente de Alcalde de esta Corporación a D. Ismael Fernández Jurado, y 2º Teniente de Alcalde a Dª. Inmaculada Alcaide García, lo que se publica a efectos de lo dispuesto en del artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Elena, a 26 de junio de 2019.-
El Alcalde Presidente,
RAMON COLOMA GONZALEZ.                                               BOP Nº124   02/07/2019