D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
En el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 9 de septiembre del 2008, número 209, figura publicado el anuncio que se transcribe a continuación:
“Aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 29 de agosto del 2008, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que ha de regir la adjudicación de una licencias de Auto-Taxi serie VT para vehículo de cinco plazas incluida la silla de ruedas para el Municipio de Santa Elena, se expone al público durante un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, a fin de que puedan presentarse las solicitudes de participación por los interesados, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Santa Elena
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
c) Número de expediente: 01/08
2. Objeto del contrato.
a) Descripción del objeto: Adjudicación en régimen de concurrencia de una Licencia de Auto-Taxi VT para vehículo de cinco plazas incluida la silla de ruedas.
3. Procedimiento.
Abierto
4. Obtención de documentación e información.
a) Entidad: Ayuntamiento de Santa Elena
b) Domicilio: Plaza de la Constitución 1
c) Localidad y código postal: Santa Elena 23213
d) Teléfono: 953664010
e) Telefax: 953 664253
f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Quince días a partir de la publicación del presente edicto en Boletín Oficial de la Provincia
9. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación.
a) Fecha límite de presentación: Quince días a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
b) Documentación a presentar: La determinada en la cláusula octava del Pliego de cláusulas administrativas
c) Lugar de presentación: Santa Elena
10. Apertura de las ofertas.
a) Entidad: Ayuntamiento de Santa Elena
b) Domicilio: Plaza de la Constitución 1
c) Localidad: Santa Elena
d) Fecha: Quinto día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones
e) Hora: Trece horas
11 Perfil del Contratante
www.santaelena. blogspot.com
www.santaelena.es
En Santa Elena a 22 de agosto del 2008.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
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miércoles, 10 de septiembre de 2008
martes, 9 de septiembre de 2008
Modif. Ordenanza Basura
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
Hace Saber.:
Que no habiéndose presentado reclamaciones de al acuerdo de aprobación provisional adoptado en sesión plenaria de fecha 4 de Julio del 2008, del expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasas por Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, dicho acuerdo queda elevado a definitivo.
Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que aparezca este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia con carácter potestativo o alternativamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Jurisdiccional que señala la L.J.C.A de 13 de julio de 1998.
A continuación se transcribe el acuerdo de aprobación provisional elevado a definitivo.
Pleno de 4 de julio del 2008.
El Sr Alcalde Presidente informa a los presentes de la necesidad de proceder a la modificación en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, dando lectura a la moción iniciadora del expediente referido, que motiva la justificación de la modificaciones objeto de aprobación, obedeciendo al incremento de los costes del servicio que no ha sufrido modificación alguna desde el año 2004. Prosigue afirmando el Sr. Alcalde Presidente a los presentes, que la modificaciones que se pretenden afecta exclusivamente al artículo 6º. Cuota tributaria, de la Tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos (punto limpio) que determina la cuota tributaria.
Visto el informe jurídico emitido a tal efecto, visto el estudio técnico económico tramitado al efecto de lo dispuesto en el artículo 24.2 del Real Decreto 2/004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el dictamen favorable de la Comisión de Economía y Hacienda y considerando la viabilidad de la propuesta de modificación de la tasa reguladora del Servicio de Piscina Municipal, se acuerda por siete votos a favor y ninguno en contra que representa el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Local, que de derecho es de nueve de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.H de la ley 7/85 reguladora de Bases de Régimen Local modificada por ley 11/99:
PRIMERO: Adoptar acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, afectando dicha modificación a el artículo que se detalla referido a la Cuota Tributaria quedando redactados en la forma siguiente:
TASA POR LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Artículo 6º .- Cuota Tributaria: La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
Bloque Precio
B1.-....................... 8,26
B2.-....................... 26,92
B3.-....................... 42,48
B4.-....................... 85,02
SEGUNDO: Exponer el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO: Finalizado el periodo de exposición pública, esta Corporación adoptará acuerdo definitivo resolviendo las reclamaciones que se hubiera presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación de las tasas mencionadas. En caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
CUARTO. Publicar el acuerdo definitivo o en su caso del provisional elevado automáticamente a definitivo y el texto íntegro del la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Texto integro modificación:
TASA POR LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Artículo 6º .- Cuota Tributaria: La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
Bloque Precio
B1.-....................... 8,26
B2.-....................... 26,92
B3.-....................... 42,48
B4.-....................... 85,02
Lo que se hace publico para general conocimiento.
Santa Elena, 28 de Agosto de 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Hace Saber.:
Que no habiéndose presentado reclamaciones de al acuerdo de aprobación provisional adoptado en sesión plenaria de fecha 4 de Julio del 2008, del expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasas por Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, dicho acuerdo queda elevado a definitivo.
Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que aparezca este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia con carácter potestativo o alternativamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Jurisdiccional que señala la L.J.C.A de 13 de julio de 1998.
A continuación se transcribe el acuerdo de aprobación provisional elevado a definitivo.
Pleno de 4 de julio del 2008.
El Sr Alcalde Presidente informa a los presentes de la necesidad de proceder a la modificación en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, dando lectura a la moción iniciadora del expediente referido, que motiva la justificación de la modificaciones objeto de aprobación, obedeciendo al incremento de los costes del servicio que no ha sufrido modificación alguna desde el año 2004. Prosigue afirmando el Sr. Alcalde Presidente a los presentes, que la modificaciones que se pretenden afecta exclusivamente al artículo 6º. Cuota tributaria, de la Tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos (punto limpio) que determina la cuota tributaria.
Visto el informe jurídico emitido a tal efecto, visto el estudio técnico económico tramitado al efecto de lo dispuesto en el artículo 24.2 del Real Decreto 2/004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el dictamen favorable de la Comisión de Economía y Hacienda y considerando la viabilidad de la propuesta de modificación de la tasa reguladora del Servicio de Piscina Municipal, se acuerda por siete votos a favor y ninguno en contra que representa el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Local, que de derecho es de nueve de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.H de la ley 7/85 reguladora de Bases de Régimen Local modificada por ley 11/99:
PRIMERO: Adoptar acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, afectando dicha modificación a el artículo que se detalla referido a la Cuota Tributaria quedando redactados en la forma siguiente:
TASA POR LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Artículo 6º .- Cuota Tributaria: La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
Bloque Precio
B1.-....................... 8,26
B2.-....................... 26,92
B3.-....................... 42,48
B4.-....................... 85,02
SEGUNDO: Exponer el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO: Finalizado el periodo de exposición pública, esta Corporación adoptará acuerdo definitivo resolviendo las reclamaciones que se hubiera presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación de las tasas mencionadas. En caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
CUARTO. Publicar el acuerdo definitivo o en su caso del provisional elevado automáticamente a definitivo y el texto íntegro del la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Texto integro modificación:
TASA POR LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Artículo 6º .- Cuota Tributaria: La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
Bloque Precio
B1.-....................... 8,26
B2.-....................... 26,92
B3.-....................... 42,48
B4.-....................... 85,02
Lo que se hace publico para general conocimiento.
Santa Elena, 28 de Agosto de 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
lunes, 25 de agosto de 2008
Punto Local de Empleo
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
HACE SABER: Que la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, en colaboración con este Ayuntamiento, ha instalado un cajero que actuará como “Punto de Empleo” en el que se podrán realizar trámites relacionados con el Servicio Andaluz de Empleo, fundamentalmente la RENOVACIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO.
Para utilizar este nuevo servicio será requisito indispensable haber registrado en el sistema la huella del dedo con el que se vaya a operar, en la Oficina de Empleo de La Carolina.
El personal de este Ayuntamiento estará a su disposición para ayudarle a aprender el manejo del sistema, siendo el horario, de lunes a viernes, por las mañanas de 9 a 2 y por las tardes, siempre que haya servicio de la Policía Local.
Este punto de empleo acerca aún más la Administración a los ciudadanos, viéndose beneficiada la población demandante ya que se evitan desplazamientos con el consiguiente ahorro tanto en tiempo como económico, con mayor flexibilidad horaria.
Además de la renovación, se podrán consultar ofertas del S.A.E., modificar los datos personales, impresión de documentos, etc. pudiéndose incorporar otras funciones complementarias más adelante.
Lo que se hace público para conocimiento de las personas interesadas.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
HACE SABER: Que la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, en colaboración con este Ayuntamiento, ha instalado un cajero que actuará como “Punto de Empleo” en el que se podrán realizar trámites relacionados con el Servicio Andaluz de Empleo, fundamentalmente la RENOVACIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO.
Para utilizar este nuevo servicio será requisito indispensable haber registrado en el sistema la huella del dedo con el que se vaya a operar, en la Oficina de Empleo de La Carolina.
El personal de este Ayuntamiento estará a su disposición para ayudarle a aprender el manejo del sistema, siendo el horario, de lunes a viernes, por las mañanas de 9 a 2 y por las tardes, siempre que haya servicio de la Policía Local.
Este punto de empleo acerca aún más la Administración a los ciudadanos, viéndose beneficiada la población demandante ya que se evitan desplazamientos con el consiguiente ahorro tanto en tiempo como económico, con mayor flexibilidad horaria.
Además de la renovación, se podrán consultar ofertas del S.A.E., modificar los datos personales, impresión de documentos, etc. pudiéndose incorporar otras funciones complementarias más adelante.
Lo que se hace público para conocimiento de las personas interesadas.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
sábado, 12 de julio de 2008
Ordenanzas Fiscales
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 159, de fecha 11 de julio del 2008, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal se reproduce textualmente:
Hace Saber.:
Que el Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada con fecha 4 de julio del 2008, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, acuerdo de imposición y ordenación de la siguiente Ordenanza:
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la concesión de licencias, autorizaciones y transmisiones de las licencias de Auto-taxi.
Dichos expediente se someten a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincial, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.2
EL PLAZO DE EXPOSICIÓN PUBLICA FINALIZA EL DÍA 16 DE AGOSTO
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO
Santa Elena, 12 de julio del 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 159, de fecha 11 de julio del 2008, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal se reproduce textualmente:
Hace Saber.:
Que el Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada con fecha 4 de julio del 2008, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, acuerdo de imposición y ordenación de la siguiente Ordenanza:
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la concesión de licencias, autorizaciones y transmisiones de las licencias de Auto-taxi.
Dichos expediente se someten a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincial, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.2
EL PLAZO DE EXPOSICIÓN PUBLICA FINALIZA EL DÍA 16 DE AGOSTO
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO
Santa Elena, 12 de julio del 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
lunes, 7 de julio de 2008
Licencia Autotaxi
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de julio del 2008, acordó la aprobación inicial de la ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICO URBANO DE TAXI y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento
En Santa Elena, a 7 de julio del 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de julio del 2008, acordó la aprobación inicial de la ORDENANZA MUNICIPAL DEL SERVICO URBANO DE TAXI y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento
En Santa Elena, a 7 de julio del 2008
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
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