martes, 3 de marzo de 2009

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE SOLAR C/ CADIZ

Visto que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 3 de Febrero de 2009, a propuesta de la Mesa de Contratación la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble ubicado en Traseras de calle Cádiz, o calle de Servicio, de esta localidad, y habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Jaén dicha aprobación.

Visto que se ha presentado, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 30 de fecha 6 de Febrero de 2009, y en el Perfil de contratante la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de estar al corriente de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.

Visto que el adjudicatario D. Dimas Martínez Divols, constituyó garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación de 350 euros y presentó los documentos justificativos exigidos.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,


RESUELVO

PRIMERO. Elevar a definitiva la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble patrimonial ubicado en Traseras de calle Cádiz o calle de Servicio, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2009 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 6 de febrero nº 30, y en el Perfil de Contratante, por el precio de 7.000,00 Euros.

SEGUNDO. Notificar la adjudicación definitiva a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada.

TERCERO. Notificar a Dimas Martínez Divols, adjudicatario del contrato, la presente Resolución.

CUARTO. Publicar la adjudicación definitiva de la enajenación en el Perfil de contratante.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Santa Elena, 3 de marzo de 2009

ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana