Mostrando entradas con la etiqueta Cobros. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Cobros. Mostrar todas las entradas

lunes, 5 de mayo de 2025

Aprobación inicial del Padrón de agua, basura, alcantarillado y canon 2B-2025.

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

 Hace saber:

 Que aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 30 de abril del 2025, los padrones y  listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos  urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado,  correspondientes a los meses de marzo y abril del 2025.

 A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la  Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a  trámite de información pública, por medio del presente Edicto, se exponen al público en el  BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de  quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas  observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el  indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá  aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de Alcaldía.

 Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los  mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el  plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de   exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto  Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley  Reguladora de las Haciendas Locales.

 De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de   septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se  procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y   recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura  hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de marzo y abril del 2025, en:

    Plazo de ingreso: del 2 de mayo del 2025, al 30 de junio del 2025.

 Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará  el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003,  de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de  demora, así como, de los recargos que correspondan  

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

 Santa Elena, 30 de abril de 2025.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

martes, 4 de marzo de 2025

Aprobación del Padrón de agua, basura, alcantarillado y canon autonómico

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 27 de febrero del 2025, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de marzo y abril del 2025. 

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de enero y febrero del 2025, en:

   Plazo de ingreso: del 3 de marzo del 2024, al 30 de abril del 2025.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan. 

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 27 de febrero de 2025.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

martes, 7 de enero de 2025

Aprobación de padrón por tasa de suministro de agua, recogida de basura, alcantarillado y canón autonómico 6B/2024.

Don Ramón Coloma González, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por Resolución de Alcaldía, los padrones y listas cobratorias de la tasa del  suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2024.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOP de Jaén y Tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de alcaldía. 

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses noviembre y diciembre de 2024, siendo el plazo de ingreso: del 2 de enero del 2025, al 28 de febrero del 2025.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 31 de diciembre de 2024.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

miércoles, 6 de noviembre de 2024

Aprobación del Padrón de suministro de agua, basura, alcantarillado y canon de mejora correspondiente al quinto bimestre de 2024.

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobados por resolución de Alcaldía, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2024.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a  trámite de información pública, por medio del presente Edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2024, siendo el plazo de ingreso: del 1 de noviembre del 2024, al 31 de diciembre del 2024.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 31 de octubre de 2024.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

jueves, 18 de julio de 2024

Aprobados los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica y alcantarillado, correspondientes a los meses de mayo y junio de 2024.

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

Que aprobado por Resolución de Alcaldía, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de mayo y junio del 2024.

A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de alcaldía.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de mayo y junio del 2024, siendo el plazo de ingreso: del 1 de julio del 2024, al 31 de agosto del 2024.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 15 de julio de 2024.-

El Alcalde-Presidente,

RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

lunes, 6 de mayo de 2024

Aprobación del padrón agua, basura, alcantarillado y canon depuración Junta de Andalucía 2b-2024

     Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 30 de abril del 2024, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de marzo y abril del 2024.

A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el
indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de Alcaldía.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023, en :

Plazo de ingreso: del 1 de mayo del 2024 al 30 de junio del 2024.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 30 de abril de 2024.- El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

jueves, 25 de abril de 2024

Aprobación de los Padrones Fiscales de los Arbitrios, Tasas y Precios públicos, ejercicio 2024

  Elaborados los Padrones Fiscales, ejercicio 2024, de los Arbitrios, Tasas y Precios Públicos calculados conforme a la Ordenanza fiscal municipal, y en su defecto, el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y disposiciones que lo desarrollan, y teniendo encomendada el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación de la Diputación Provincial de Jaén la gestión recaudatoria de los Arbitrios, Tasas y Precios Públicos de este municipio, de acuerdo con el artículo 7 del citado Real Decreto,

Resuelvo: 

    Primero.- Aprobar los padrones y listas cobratorias por el importe y número de valores consignados más abajo que contienen las liquidaciones tributarias realizadas por este ayuntamiento, para que se proceda a efectuar los trámites necesarios para la puesta al cobro de las mismas.

Datos económicos

Municipio              Descripcion                      Nºde Valores          Importe

Santa Elena           Arbitrios 2024 anual                 364                  7674,29

     Segundo.- La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las Entidades colaboradoras, del 1 de septiembre al 5 de noviembre de 2024 mediante la presentación del correspondiente "aviso de pago". Los avisos de pago, sin carácter de notificación, correspondientes a los tributos puestos al cobro en esta cobranza voluntaria, serán remitidos a los contribuyentes a partir del 1 de septiembre; no obstante, los mismos podrán ser facilitados a los contribuyentes por las diferentes vías que el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación tiene establecidas al efecto. Con carácter específico, por el Servicio
Provincial de Gestión y Recaudación, se procederá a publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, Anuncio de Cobranza, donde se regulará pormenorizadamente, el lugar, plazo y forma de satisfacer la deuda tributaria, con indicación de los tributos, ejercicios y municipios, en los que se efectúa la cobranza voluntaria de deudas de vencimiento periódico por recibo.
    Tercero.- La forma y lugar de pago de la deuda podrá ser a través de:
1. En cualquier sucursal de Entidades colaboradoras, en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta y en el horario de atención al público de Unicaja, Santander, BBVA, Caixabank, Caja Rural de Jaén, Cajamar y Cajasur. Este documento no libera del pago sin la validación de la Entidad o si se paga con posterioridad a la fecha de caducidad del documento.
2. Con tarjeta o Bizum a través de la Oficina Virtual https://ofsgt.dipujaen.es o a través de la APP Mis Tributos Diputación de Jaén.
3. Por Giro Postal de Correos.
4. Con tarjeta en las oficinas del SPGR
    Cuarto.- De conformidad con el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales, y de los restantes ingresos de Derecho público de las Entidades locales, tales como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, precios públicos, y multas y sanciones pecuniarias, se formulará el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el artículo 14.2 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo impugnables, mediante el recurso de reposición, todos los actos dictados por las Entidades Locales en vía de gestión de sus tributos propios y de sus restantes ingresos de Derecho público. El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente de finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago. No obstante, podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
    En caso de resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la citada resolución expresa.
     El plazo máximo para resolver el recurso de reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de su presentación, entendiéndose desestimado el recurso cuando no haya recaído resolución en el mencionado plazo (art. 14 2 l RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
    La desestimación por silencio administrativo, una vez transcurrido el plazo del mes sin dictar resolución expresa del recurso de reposición, tiene los efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de seis meses desde que se entiende producida tal desestimación.
     Advertencia: Al término del plazo de ingreso en período voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria se expedirá el título ejecutivo, a efectos de despachar la ejecución por la vía administrativa de apremio, para proceder contra los bienes y derechos de los deudores, devengándose el recargo del período ejecutivo que legalmente corresponda según establece el art. 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Las cuotas adeudadas devengarán asimismo el correspondiente interés de demora según dispone el art. 26 de la citada Ley 58/2003 y, en su caso, las costas que se produzcan.

Santa Elena, 22 de abril de 2024.- 
El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

miércoles, 6 de marzo de 2024

Aprobación del Padrón de agua, basura, alcantarillado y canon mejora autonómica 1-b 2024.

     Que aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 1 de marzo del 2024, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de enero y febrero del 2024.

A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de alcaldía.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023, en: 

Plazo de ingreso: del 1 de marzo del 2024, al 30 de abril del 2024.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 1 de marzo de 2024.

El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

jueves, 4 de enero de 2024

Aprobación de los padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, Canon autonómico de mejora de Infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023

 Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 29 de diciembre, los padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, Canon autonómico de mejora de Infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente Edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

  De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, Canon autonómico de mejora de Infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023, en:

• Plazo de ingreso: del 1 de enero del 2024, al 29 de febrero de 2024.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan. 

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 29 de diciembre de 2023.- 

El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

lunes, 4 de septiembre de 2023

Aprobación de los Padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2023.

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 31 de agosto 2023, los Padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2023.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados Padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, general tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2023, en : 

   Plazo de ingreso: del 1 de septiembre de 2023, al 31 de octubre de 2023.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, general tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 31 de agosto de 2023.- 

El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

viernes, 30 de junio de 2023

Aprobación del padrón de arbitrios correspondiente al año 2023

     Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

    Hace saber:

Que elaborados los padrones fiscales, ejercicio 2023, de los Arbitrios, Tasas y Precios Públicos calculados conforme a la Ordenanza fiscal municipal, y en su defecto, el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y disposiciones que lo desarrollan, y teniendo encomendada el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación de la Diputación Provincial de Jaén la gestión recaudatoria de los Arbitrios, Tasas y Precios Públicos de este municipio, de acuerdo con el artículo 7 del citado Real Decreto.

     Resuelvo:

 Primero.- Aprobar los padrones y listas cobratorias por el importe y número de valores consignados más abajo que contienen las liquidaciones tributarias realizadas por este Ayuntamiento, para que se proceda a efectuar los trámites necesarios para la puesta al cobro de las mismas.

 Datos económicos:

 
Municipio:          Santa Elena         

                            
Descripción:      Arbitrios 2023 

Nº de valores:   357

Importe:            7.509,29                     

 Segundo.- La deuda tributaria, con carácter general, deberá ser satisfecha en las entidades colaboradoras, del 1 de septiembre al 6 de noviembre de 2023 mediante la presentación del correspondiente "aviso de pago". Los avisos de pago, sin carácter de notificación,correspondientes a los tributos puestos al cobro en esta cobranza voluntaria, serán remitidos a los contribuyentes a partir del 1 de septiembre; no obstante, los mismos podrán ser facilitados a los contribuyentes por las diferentes vías que el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación tiene establecidas al efecto. Con carácter específico, por el Servicio
Provincial de Gestión y Recaudación, se procederá a publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, anuncio de cobranza, donde se regulará pormenorizadamente, el lugar, plazo y forma de satisfacer la deuda tributaria, con indicación de los tributos, ejercicios y municipios, en los que se efectúa la cobranza voluntaria de deudas de vencimiento periódico por recibo.

 Tercero.- La forma y lugar de pago de la deuda podrá ser a través de:

 1.- En cualquier sucursal de entidades colaboradoras, en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta y en el horario de atención al público de UNICAJA, SANTANDER, BBVA, CAIXABANK, CAJA RURAL DE JAEN, CAJAMAR y CAJASUR. Este documento no libera del pago sin la validación de la entidad o si se paga con posterioridad a la fecha de caducidad del documento.
2.- Con tarjeta o Bizum a través de la Oficina Virtual https://ofsgt.dipujaen.es o a través de la APP Mis Tributos Diputación de Jaén.
3.- Por giro postal de Correos.
4.- Con tarjeta en las oficinas del S.P.G.R.

 Cuarto.- De conformidad con el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, contra los actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales, y de los restantes ingresos de Derecho público de las Entidades Locales, tales como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, precios públicos, y multas y sanciones pecuniarias, se formulará el recurso de reposición específicamente previsto al efecto en el artículo 14.2 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo impugnables, mediante el recurso de reposición, todos los actos dictados por las Entidades Locales en vía de gestión de sus tributos propios y de sus restantes ingresos de Derecho público. El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente de finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago. No obstante, podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
En caso de resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la citada resolución expresa.
El plazo máximo para resolver el recurso de reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de su presentación, entendiéndose desestimado el recurso cuando no haya recaído resolución en el mencionado plazo (art. 14 2 l R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
La desestimación por silencio administrativo, una vez transcurrido el plazo del mes sin dictar resolución expresa del recurso de reposición, tiene los efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de seis meses desde que se entiende producida tal desestimación.
Al término del plazo de ingreso en período voluntario, si no se hubiera satisfecho la deuda tributaria se expedirá el título ejecutivo, a efectos de despachar la ejecución por la vía administrativa de apremio, para proceder contra los bienes y derechos de los deudores, devengándose el recargo del período ejecutivo que legalmente corresponda según establece el art. 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Las cuotas adeudadas devengarán asimismo el correspondiente interés de demora según dispone el art. 26 de la citada Ley 58/2003 y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace saber para general conocimiento.

    Santa Elena, 26 de mayo de 2023.

                                  El Alcalde-Presidente,

                                 RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.


viernes, 5 de mayo de 2023

Aprobación de los padrones de agua, basura, alcantarillado y canon de mejora autonómica 2B-2023.

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 28 de abril 2023, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de marzo y abril de 2023.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. 

   En caso de que, en el indicado plazo, no se presenten alegaciones, la citada resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del término de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de marzo y abril de 2023, en:

Plazo de ingreso: del 2 de mayo de 2023 al 30 de junio de 2023.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora así como de los recargos que correspondan. 

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 2 de mayo de 2023.- 

El Alcalde, 

RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

jueves, 5 de enero de 2023

Aprobación del Padrón de Agua, Alcantarillado, Basura y Canon de mejora autonómica 6B-2022.

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 30 de diciembre 2022, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2022.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOP de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la alcaldía-presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2022, en :

   Plazo de ingreso: del 2 de enero de 2023, a 28 de febrero de 2023.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 30 de diciembre de 2022.- 

El Alcalde-Presidente, 

RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

lunes, 7 de noviembre de 2022

Aprobación de los Padrones de agua, basura, alcantarillado y canon de mejora de infraestructura autonómica 5B-2022.

   Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 31 de octubre 2022, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2022.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente Edicto, se exponen al público en el BOP de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de Alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2022, en :

   Plazo de ingreso: del 2 de noviembre de 2022, al 31 de diciembre de 2022.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

Santa Elena, 2 de noviembre de 2022.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ