RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Vistos
los criterios selectivos a tener en cuenta en las citadas bases para
limpieza dependencias municipales.
Visto que las citadas bases han sido redactadas de conformidad y por asimilación, con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con los principios rectores que establece.
En este sentido el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se prueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, establece en su artículo 55 que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso
al empleo público de acuerdo con los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto
en dicho Estatuto y resto del Ordenamiento Jurídico. A estos principios se refieren también los
artículos 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de
la Función Pública y artículos 91.2 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, añadiendo además el principio de
“convocatoria pública”.
En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes, y del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
- Bosa de empleo de LIMPIEZA DE DEPENDENCIAS MUNICIPALES, siendo estos los siguientes:
LIMPIEZA DEPENDENCIAS MUNICIPALES |
ORDEN |
NOMBRE Y APELIIDOS |
Total PUNTOS |
1 |
NANCY L. G. E. |
1.095,00 |
2 |
M. ELENA G. C. |
1.094,99 |
3 |
M. ELENA N. G. |
1.094,98 |
4 |
ELENA R. CH. |
1.082,99 |
5 |
NEREA B. L. |
1.082,98 |
6 |
LUISA L. B. |
1.082,97 |
7 |
LUCIA M. F. |
1.070,99 |
8 |
SANDRA P. C. C. |
1.070,98 |
9 |
MERCEDES R. F. |
1.070,97 |
10 |
CRISTINA G. C. |
1.067,00 |
11 |
VALERICA B. |
1.067,00 |
12 |
ANA C. M. |
1.064,00 |
13 |
LUIS M. P. N. |
1.059,00 |
14 |
VALENTIN S. P. |
1.057,00 |
15 |
M. ELENA L. N. |
1.049,99 |
16 |
JUSTA CH. H. |
1.049,98 |
17 |
M. REYES R. M. |
1.049,97 |
18 |
TATIANA R. F. |
1.025,00 |
19 |
M. ELENA G. S. |
1.024,00 |
20 |
MANUELA G. M. |
1.023,00 |
21 |
VIRGINIA P. F. |
1.018,99 |
22 |
CARMEN M. S. |
1.018,98 |
23 |
A. VANESA L. N. |
1.016,00 |
24 |
ARGENTINA R. M. |
1.014,00 |
25 |
ELENA M. B. |
1.002,00 |
26 |
M. MERCEDES J. R. |
1.000,00 |
27 |
SONIA F. J. |
993,00 |
28 |
CRISTINA J. F. |
982,00 |
29 |
FRANCISCA A. C. |
974,00 |
30 |
LEONOR J. R. |
972,00 |
31 |
ELENA J. R. |
966,00 |
32 |
MARIA E. F. C. |
965,50 |
33 |
A. BELEN B. S. |
961,50 |
34 |
M. DOLORES M. P. |
958,00 |
35 |
FRANCISCA L. G. |
925,00 |
36 |
SOLEDAD H. C. |
922,50 |
37 |
CATALINA C. C. |
913,50 |
38 |
MARTA S. B. |
909,00 |
39 |
NOELIA B. L. |
902,00 |
40 |
ALFONSA M. F. A. |
861,00 |
41 |
ANA B. C. C. |
830,00 |
42 |
ELENA M. R. |
821,00 |
43 |
LUCIANA F. H. |
791,50 |
44 |
ELISABETH R. CH. |
782,00 |
45 |
ANA A. M. |
678,00 |
46 |
J. MARIA B. B. |
652,00 |
47 |
M. JOSE R. R. |
81,00 |
TERCERO.
Formalizar el contrato de trabajo en la modalidad regulada por el del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, conforme las necesidades del Ayuntamiento a los aspirantes
que figura en las bolsas por orden de puntuación.
CUARTO:
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del mismo en el
Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento o página WEB, ante el mismo órgano que
dictó el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a la publicación del mismo , de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente a su derecho.
Santa Elena,
a fecha firma electrónica
EL
ALCALDE LA SECRETARIA
Fdo. Ramón Coloma González Fdo. Ana Isabel Moreno García