viernes, 30 de octubre de 2020

Bando Informativo medidas por la COVID-19

   D. RAMON COLOMA GONZÁLEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

HACE SABER.:

   Que dadas las circunstancias y ante la evolución de la actual situación en que nos encontramos y con el fin de evitar la movilidad, el Ayuntamiento de Santa Elena,  ha adoptando las siguientes medidas:

* EL AYUNTAMIENTO, atenderá de forma no presencial, a los vecinos por vía telemática  (santaelenajaen@gmail.com) y telefónicamente (953 66 40 10) o, sede electrónica del Ayuntamiento.

   Solo se atenderá de forma presencial, los casos urgentes con cita previa.
   Todos los documentos que expida el Ayuntamiento, serán entregados por la  misma vía a través de la cual se hayan solicitado, o, en el domicilio del/ los interesado/os.

* EL CENTRO DE GUADALINFO 
   Se atenderá a los vecinos por E-mail (guadalinfo.santaelena@guadalinfo.es) y telefónicamente (648054010).
   Solo se atenderá de forma presencial, los casos urgentes con cita previa.
  Queremos pedir PRUDENCIA ante esta situación, cumplir las normas y seguir las recomendaciones de mascarilla, higiene y guardar las distancias necesarias, todo ello, para evitar posibles contagios.

Santa Elena, a fecha firma electrónica
EL ALCALDE
Fdo. Ramón Coloma González

viernes, 23 de octubre de 2020

Concurso para la venta forzosa para la ejecución por sustitución.

     Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de venta forzosa para la ejecución por sustitución de la edificación sita en la Avda. Andalucía nº 50, de esta localidad y aprobadas las bases en sesión plenaria de fecha 25 de septiembre del 2020 que han de regir el concurso para la referida, venta forzosa se convoca, por plazo de quince días hábiles para que los interesados puedan presentar sus proposiciones. 
    A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento santaelena.sedelectronica.es  Asimismo, estará a disposición de los interesados en el Perfil de Contratante.

Santa Elena, a 06 de octubre de 2020.- 
Alcalde-Presidente, 
RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

viernes, 9 de octubre de 2020

Banco Alimentos Cruz Roja 2ª Fase 2020

      Quedan expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Elena las BASES BANCO DE ALIMENTOS DE CRUZ ROJA que tienen por objeto la convocatoria de ayudas a familias que se encuentren en situación de precariedad económica, para la entrega de alimentos y productos básicos, y garantizar la cobertura de unos mínimos de subsistencia de su unidad familiar.

   Constituye una medida excepcional y urgente ante situaciones carencias de gran necesidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS:

   Serán destinatarias de estos lotes de alimentos y productos básicos las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados en las bases, y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:

    Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 15 días naturales  a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. (09/10/2020 hasta 23/10/2020).

   Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General, para su tramitación y resolución.

CRITERIOS DE VALORACIÓN:

   Número de miembros de la unidad familiar.

Ingresos familiares.

   El límite de ingresos para acceder al Banco de alimentos, se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar. El baremo queda estipulado según la siguiente tabla (equiparada al límite de ingresos en función de las personas que convivan, según Ingreso Mínimo de Solidaridad de la Junta de Andalucía para el año 2019.

   SOLO Y EXCLUSIVAMENTE PODRÁN ACCEDER AL BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA, AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDAS EN EL BAREMO ESTIPULADO EN LA SIGUIENTE TABLA.

INGRESOS DE SOLIDARIDAD SEGÚN MIEMBROS:

                                                 MENSUAL          SEMESTRAL

Unidad Familiar unipersonal        406,22 €          2.437,32 €

Unidad familiar de 2 miembros    458,64€           2.751,84 €

Unidad Familiar de 3 miembros   511,06 €          3.066,36 €

Unidad Familiar de 4 miembros   563,48 €          3.380,88 €

Unidad Familiar de 5 miembros   615,90 €          3.695,40 €

Unidad Familiar de 6 ó más miembros  655,20 €   3.931,20 €

En Santa Elena a  9 de  Octubre de 2020

EL ALCALDE PRESIDENTE

Fdo. Ramón Colóma González

martes, 6 de octubre de 2020

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Santa Elena por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 8/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario.

   El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre del 2020, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario.

 Aprobado inicialmente el expediente de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario, por Acuerdo del Pleno de fecha 25 de septiembre del 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Santa Elena, a 01 de octubre de 2020.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ

Aprobación inicial de ordenanza municipal reguladora de concesión de ayudas para la adquisición de libros, vestuario y material educativo.

 Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Elena, (Jaén).

    Hace saber:

   Aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre del 2020, la Ordenanza municipal reguladora de de la concesión de subvenciones para la adquisición de libros, vestuario y de material educativo, en el municipio de Santa Elena, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. 

   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento “santaelena.sedeelectrónica”

   En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.

Santa Elena, a 01 de octubre de 2020.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GÓNZALEZ.

Aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora de tasa por derechos de examen.

   El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre del 2020, acordó la aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen.
   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ”santaelena.sedelectrónica”
 Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Santa Elena, a 01 de octubre de 2020.- 
El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.