miércoles, 28 de junio de 2017

Restablecimiento suministro agua

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

HACE SABER.:
Que se ha restablecido el normal funcionamiento del suministro en la red  de abastecimiento del agua, tras resolver las incidencias detectadas en la extracción del agua del pozo El Problema, que abastece la zona norte de este municipio.

     Que para resolver esta incidencia y desconocer el alcance de la avería, ha sido necesario el corte del agua, sin poder precisar de una manera concreta  el horario de los mismos, habiendo  podido provocar  molestias a los usuarios,  por lo que  ruego disculpen las molestias ocasionadas. 

LO QUE SE HACE PÚBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

Santa Elena, 28 de Junio  de 2017                            
     Fdo. Juan Caminero Bernal


martes, 27 de junio de 2017

Aprobación Proyecto de Actuación.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
  Que la Corporación reunida en sesión plenaria celebrada el día 29 de mayo del 2017, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación comprensivo de las actuaciones destinadas a “Aparcamiento Cubierto con Marquesina Desmontable y Ampliación de Acera y Vallado en Hotel *** Autovía a-4. P.K. 258.9 de Santa Elena, promovido por Promociones Turísticas Despeñaperros, S.L. visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Jaén con fecha 28/01/2011, con nº de visado 27/11 y Anexos de Memoria visados con fechas 16/05/2011;
11/10/2011 y nº de expediente 11/3/27.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 del apartado f) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento.

  Santa Elena, a 06 de Junio de 2017.- 
El Alcalde-Presidente, JUAN CAMINERO BERNAL.                BOP Nº 121 27/06/2017

martes, 20 de junio de 2017

ITV Vehículos Agrícolas

DON JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER: 
    Que este Ayuntamiento se ha puesto en contacto con la empresa Veiasa para solicitarles que no retrasen mas las inspecciones de vehículos agrícolas en esta localidad, por lo que el próximo Jueves día 6 de Julio una estación móvil se desplazará a Santa Elena para hacer la ITV de los vehículos agrícolas.
Estará instalada en horario de mañana en la explanada de autobuses situada junto a la Plaza de Antonio Daniel Ruiz Rodríguez.
Lo que se hace público para general conocimiento en; 
Santa Elena, a 20 de Junio de 2017
Fdo. Juan Caminero Bernal
Alcalde-Presidente

viernes, 16 de junio de 2017

Aprobación inicial Ordenanza local reguladora de Comercio Ambulante.

   “El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo del 2017, acordó la aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza reguladora del comercio ambulante en el término municipal de Santa Elena. 
   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.” 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Santa Elena, a 29 de Mayo de 2017.- 
El Alcalde-Presidente, JUAN CAMINERO BERNAL.

miércoles, 14 de junio de 2017

Resolución Director Monitor "Mas que un Juego"

    Este Ayuntamiento tiene la necesidad de iniciar los trámites tendentes a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desarrollo de actuaciones en calidad de director (27 junio-31 de agosto) y monitor ((1 de julio a 31 de agosto) de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto). 
   Visto el artículo 20.2 de la Ley  48/2015, de 29 de Octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. , que determina “durante el año 2016, no se procederá s la contratación de personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se considerarán prioritarios o que afecten al funcionamiento  de los servicios públicos esenciales..” Por considerar el Ayuntamiento, esencial la prestación de actividad cultural y ocupación del tiempo libre en el ámbito municipal de Santa Elena, para cuyo funcionamiento resulta imprescindible la provisión de dichos puestos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 25. 1. de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por Ley 27/2013 de 27 de diciembre, que atribuye al El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, la promoción de actividades y prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras la prevista en el apartado “m) Actividades e instalaciones culturales y deportivas y de ocupación del tiempo libre. “ 

     Visto el informe de Secretaría emitido en fecha 6 de junio del 2017, por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, y vista la necesidad de proceder a la contratación de un director (27 de junio a 31 de agosto), y monitores de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto), en régimen de personal laboral temporal.

     Visto el informe de secretaria que señala que el artículo 21.2 de la Ley   48/2015, de 29 de Octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. , que determina “durante el año 2016, no se procederá s la contratación de personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se considerarán prioritarios o que afecten al funcionamiento  de los servicios públicos esenciales..” Por considerar el Ayuntamiento, esencial la prestación de actividad cultural y ocupación del tiempo libre en el ámbito municipal de Santa Elena, para cuyo funcionamiento resulta imprescindible la provisión de dichos puestos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 25. 1. de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por Ley 27/2013 de 27 de diciembre, que atribuye al El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, la promoción de actividades y prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras la prevista en el apartado “m) Actividades e instalaciones culturales y deportivas y de ocupación del tiempo libre

    Vista la necesidad de proceder con urgencia y sin demora a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desempeño del puesto de  Director y Monitor Escuela de Verano “Mas que un Juego” y monitor Programa Provincial de Igualdad, así como,  Monitor Programa Provincial de Juventud.
     De conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO

PRIMERO. Aprobar oferta de empleo público y remitirla al Servicio Andaluz de Empleo.

 SEGUNDO: Los requisitos exigidos para el acceso a las plazas convocadas son:

A) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Los extranjeros con residencia legal en España podrán ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los españoles.

B) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 

B) Para el puesto de Director/ra: Estar en posesión del Título de Grado Universitario en Trabajo Social, Magisterio y Psicología.   

   Para el puesto de Monitor/a: Estar en posesión del Título de Ciclo Formativo de  Grado Medio de F.P ó Bachiller. 

   El proceso de selección se realizará, mediante la valoración entre los candidatos resultantes de la oferta de empleo público, de:

PUESTO DE MONITOR/A:
Valoración de: Titulación de Grado Superior en FP: 1 punto

- Formación académica complementaria:
. Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, … etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

   A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

  La baremación máxima será de 6 puntos.

PUESTO DE DIRECTOR/A:
1.- Sistema de concurso de méritos libre, mediante la valoración de: 
  
- Formación académica complementaria:
Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, … etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

   A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

   La baremación máxima será de 5 puntos.
   Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte del Tribunal una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.
   Puntuación máxima: 3 puntos
Santa Elena a 7 de junio del 2017.
Alcalde Presidente Ante mí la secretaria
Fdo Juan Caminero Bernal Fdo Ana Isabel Moreno García

lunes, 12 de junio de 2017

Banco Alimentos Cruz Roja

    Quedan expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Elena las BASES BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA que tienen por objeto la convocatoria de ayudas a familias que se encuentren en situación de precariedad económica, para la entrega de alimentos y productos básicos, y garantizar la cobertura de unos mínimos de subsistencia de su unidad familiar.
   Constituye una medida excepcional y urgente ante situaciones carencias de gran necesidad.
PERSONAS BENEFICIARIAS:
   Serán destinatarias de estos lotes de alimentos y productos básicos las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados en las bases, y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
    Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 10 días naturales  a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. (12/06/2017 hasta 22/06/2017).
   Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General, para su tramitación y resolución.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
   Número de miembros de la unidad familiar.

Ingresos familiares.
   El límite de ingresos para acceder al Banco de alimentos, se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar. El baremo queda estipulado según la siguiente tabla (equiparada al límite de ingresos en función de las personas que convivan, según Ingreso Mínimo de Solidaridad de la Junta de Andalucía para el año 2017.

SOLO Y EXCLUSIVAMENTE PODRÁN ACCEDER AL BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA, AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDAS EN EL BAREMO ESTIPULADO EN LA SIGUIENTE TABLA.


INGRESOS DE SOLIDARIDAD SEGÚN MIEMBROS:

                                                                 MENSUAL                SEMESTRAL

Unidad Familiar unipersonal 406,22 €             2.437,32 €

Unidad familiar de 2 miembros 458,064€         2.751,84 €

Unidad Familiar de 3 miembros 511,06 €       3.066,36 €

Unidad Familiar de 4 miembros 563,48 €       3.380,88 €

Unidad Familiar de 5 miembros           615,90 €               3.695,40 €

Unidad Familiar de 6 ó más miembros   655,20 €                          3.931,20 €


En Santa Elena a 12 de  Junio de 2017
EL ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Juan Caminero Bernal

miércoles, 7 de junio de 2017

Inscripciones a "Mas que un Juego"

DON JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER:
    Se prepara la nueva edición del Programa "Mas Que un Juego" que el Ayuntamiento de Santa Elena y la Diputación Provincial, vienen organizando durante los meses de verano para que los niños de entre 6 y 16 años, puedan disfrutar durante las vacaciones de numerosas actividades y juegos, repartidas entre el día 1 de Julio al 31 de Agosto.  
       El periodo de inscripción estará abierto desde el día 12 al 26 de Junio, en el Ayuntamiento de Santa Elena donde se encuentran disponibles las solicitudes que se deben presentar en el registro del mismo.  

Santa Elena, a 7 de Junio de 2017
Fdo. Juan Caminero Bernal
Alcalde-Presidente

martes, 6 de junio de 2017

Subvención Asociaciones

   Visto con fecha 7 de marzo del 2017, se emite Resolución de Alcaldía de aprobación de la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva para la realización de actividades en el ejercicio 2017, en el ámbito territorial del municipio, con transcendencia directa en la localidad para fines de interés municipal mediante la presentación de proyectos-programas, con destino a Asociaciones; entidades jurídicas; personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro

   Visto que con fecha 20 de marzo del 2017, figura publicado edicto consistente en extracto de convocatoria de subvenciones, con número identificativo BNDS nº 335266, en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 53, de fecha 20 de marzo del 2017, con apertura de plazo el día 21 de marzo y finalización el día 10 de abril del 2017.

   Visto que en el plazo referido, se han presentado las siguientes solicitudes:

1º.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA. que presenta la Actividad consistente en un viaje cultural a Jaén, para dar a conocer el patrimonio histórico de esa ciudad a los niños y padres del AMPA del Colegio Público “Carlos III” de Santa Elena, visitando la Catedral de Jaén y Castillo de Santa Catalina (visita guiada), con un total de 27 adultos y 27 niños.

2º.- CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA. que presenta actividad consistente en eventos deportivos consistentes en una prueba o marcha de bici montaña, carrera de atletismo, duatlón o concentración motera (ya organizada el 11 y 12 de mayo de 2017). Consistiendo las actividades de esos eventos en: recibimiento, participantes, entrega de dorsales, prueba deportiva, jornada de convivencia y entrega de premios, con una participación prevista de 100 participantes

Visto que con fecha 29 de marzo del 2017, se constituye la Comisión de Evaluación prevista en la resolución de convocatoria, procediendo al examen de las solicitudes presentadas, con la finalidad de comprobar la documentación exigida en la Convocatoria,  para la concesión de subvenciones para la realización de actividades en el ejercicio 2017, comprobando que todas las presentadas cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena (BOP nº 34 de fecha 20 de Febrero de 2017),  resultando admitidas  las solicitudes presentadas  y estableciendo los criterios de valoración de las solicitudes referidas, en base a grado de interés municipal de la actividad, proyecto u objetivo, sector al que vaya destinada y mayor número de beneficiarios, proponiéndo concesión de subvención por importe de 600,00€ a ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA y de 600,00€ a CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA
Visto, que consta en el expediente, presentación de aceptación de subvención por las entidades destinatarias propuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones, con reformulación por parte de la  ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA de subvención por importe de 579,50€
   Considerando que legislación en lo esencial, está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Santa Elena, Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones y que existe consignación presupuestaria con cargo a la aplicación presupuestaria 334/489 del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Santa Elena para hacer frente a la realización de gastos afectos a “subvenciones diversos colectivos” conforme a lo previsto en la la convocatoria, 

   RESUELVO: Primero.-Conceder a los solicitantes que se relacionan a continuación las subvenciones que se señalan:, 

CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA (Eventos deportivos)  ................600,00€

ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA (Actividades culturales)… 579,50€

Segundo: Los beneficiarios deberán destinar la subvención exclusivamente a la realización de las actividades incluidas en el proyecto. La justificación se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa simplificada, conforme a lo previsto en el artículo 18 de la ordenanza municipal de subvenciones  y resolución de convocatoria de subvenciones.

 Tercero.-Notificar la resolución a los beneficiarios, advirtiéndole que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa, si bien, con carácter previo a la interposición, podrá formular el requerimiento a que hace referencia el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa para que anule o revoque el acto, dirigido mediante escrito al Sr. Alcalde Presidente, debiendo producirse en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la resolución, entendiéndose rechazado el requerimiento si, dentro del mes siguiente a su recepción, no se produjera la contestación del mismo. 

Cuarto.-El pago de la subvención se hará efectivo mediante abono de un único pago, se efectuará contra presentación de las justificaciones de la actividad subvencionada y en los términos establecidos en el artículo 16.2 de la Ordenanza Municipal
Quinto.-Dar traslado de la presente resolución al Servicio de  Intervención- Tesoreria.

Santa Elena a 6 de junio del 2017.

Alcalde Presidente Ante mí la Secretaria
Fdo Juan Caminero Bernal Fdo Ana Isabel Moreno García

lunes, 5 de junio de 2017

Aprobación inicial de modificaciónn de la Ordenanza Fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena:

Hace saber:
“Que el Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada con fecha 29 de mayo del 2017, adoptó, acuerdos de modificación de la siguiente Ordenanzas:
- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. 
Dichos expediente se someten a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley”.

Jaén, a 29 de Mayo de 2017.- 
El Alcalde, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

Aprob. Inicial Modificación de Créditos núm. 2

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena:

Hace saber:
“Que el Pleno del Ayuntamiento de Santa Elena, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo del 2017, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos núm. 2/2017, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, cuyo detalle es el siguiente:
El importe aplicable a amortizar deuda será 53.465,65 euros.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:

Altas en Aplicaciones de Gastos  
Aplicación Presupuestaria Núm  .  Descripción                                                                     Euros
   011 911.02                               Amortización parcial préstamo proveedores RDL4/2012     53.465,65
TOTAL GASTOS 53.465,65

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo”.

Jaen, a 29 de Mayo de 2017.- 
El Alcalde, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                                        BOP Nº 105  05/06/2017

Dictamen de la Comisión Informativa de Cuentas, Economía y Hacienda de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2016.

Don Juan Caminero Bernal Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena

Hace saber:
“En la Intervención de esta Corporación, y a los efectos del artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se halla de manifiesto la Cuenta General del Presupuesto del 2015 aprobada por la Comisión Informativa de Cuentas, Economía y Hacienda, en sesión celebrada el día 29 de mayo del 2017, para su examen y formulación, por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan. La citada Cuenta está integrada por:
- La del Ayuntamiento.
Para la impugnación de las Cuentas, se observará:
a) Plazo de exposición: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. 
b) Plazo de admisión: Los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.
c) Oficina de presentación: Ayuntamiento.
d) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.”

Lo que se hace público para general conocimiento.
Jaén, a 29 de Mayo de 2017.- 
El Alcalde, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

jueves, 1 de junio de 2017

Adjudicación Obra Viales

   Por Resolución de Alcaldía de fecha 31 de mayo del 2017, se adjudicó el contrato de obras consistentes en Reasfaltado de varios viales municipales, publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo. AYUNTAMIENTO
b) Dependencia que tramita el expediente. SECRETARIA
c) Dirección de Internet del perfil del contratante. www.santaelena.es

2. Objeto del contrato:

a) Tipo. Administrativo
b) Descripción. Reasfaltado de varios viales municipales
c) 4500000CPV (Referencia de Nomenclatura).
e) Acuerdo marco (si procede).

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación. Ordinario
b) Procedimiento. Procedimiento negociado sin publicidad

4 Presupuesto base de licitación. Importe neto: 41.168,12 euros. Importe total: 49.813,42 euros.

6. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación. 31/05/2017
b) Fecha de formalización del contrato. 8/06/2017
c) Contratista. Construcciones Maygar S.L
d) Importe o canon de adjudicación. Importe neto: 41.168,12 euros. Importe total: 49.813,42 euros.

Santa Elena a 31 de mayo del 2017.

ALCALDE PRESIDENTE
Fdo Juan Caminero Bernal