viernes, 28 de diciembre de 2018

Admisión a trámite Proyecto de actuación Adaptación de Cortijo a Casa Rural.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

   Hace saber:
   Que por doña Maite Herrera Garrot en representación de D. Pedro Labayen de Inza, se ha presentado Proyecto de Actuación, comprensivo de las actuaciones destinadas a “Adaptación de Cortijo a Casa Rural, con emplazamiento en polígono 33, parcela 25, de Santa Elena (Jaén) l, redactado por el Arquitecto D. Rafael Matiaces Teclemayer, siendo admitido a trámite por acuerdo, adoptado en sesión plenaria de fecha 28 de noviembre del 2018.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía se hace público con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, para los que pudieran resultar afectados de algún modo por la instalación que se pretende, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo.
   Lo que se hace público para general conocimiento.
   Santa Elena, a 29 de Noviembre de 2018.- 
El Alcalde Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                                 BOP Nº 249  28/12/2018

Aprobación definitiva Proyecto de Actuación Instalación de Estación Base de Telefonía Móvil.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que la Corporación reunida en sesión plenaria celebrada el día 28 de noviembre del 2018, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación comprensivo de las actuaciones destinadas a “Instalación de Estación Base de Telefonía Móvil”, con emplazamiento en la Autovía A-4, P.K. 262, Polígono 25, Parcela 5 (Venta Nueva), termino municipal de Santa Elena”, redactado por el Ingeniero Técnico D. José Antonio Muriel, promovido por Telxius Torres España, S.L.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 del apartado f) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento.
   Santa Elena, a 29 de Noviembre de 2018.- 
El Alcalde Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                                    BOP Nº 249  28/12/2018

jueves, 27 de diciembre de 2018

Aprobación inicial Ordenanza municipal de fomento de la natalidad.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).
Hace saber:
   Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2018, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza municipal reguladora de Ayudas para el Fomento de la Natalidad, en el municipio de Santa Elena.
   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante dicho plazo los interesados puedan examinar el expediente en las dependencias municipales y presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
   Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Santa Elena, a 12 de Diciembre de 2018.
El Alcalde Presidente,
JUAN CAMINERO BERNAL .

viernes, 21 de diciembre de 2018

Visita al Centro de Cria La Olivilla

D. JUAN CAMINERO BERNAL, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

HACE SABER.:
   Que todo aquel que esté interesado en visitar EL CENTRO DE CRIA DEL LINCE IBERICO “LA OLIVILLA”.
   Deberán de inscribirse en el Ayuntamiento en horario 9,00 a 14,00 horas. Oficina Policía Local, hasta el día 31 de Diciembre de 2018.
    La visita se efectuará en grupos de 10 personas, y será el primer fin de semana del mes de Enero de 2019.
Santa Elena, 21 de Diciembre de 2018
 
EL ALCALDE
Fdo. Juan Caminero Bernal

jueves, 20 de diciembre de 2018

Pleno Extraordinario

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

Primero: Convocar sesión plenaria Extraordinaria a celebrar el día 26 de Diciembre de 2018, a las 09’30 horas, con el siguiente orden del día:
1º.- Aprobación del Acta de sesión anterior de fecha 28 de Noviembre de 2018.
2º.- Presupuesto 2018.
3º.- Operación de Tesorería.
4º.- Modificaciones Presupuestarias.
5º.-Plan Especial de Apoyo al Municipio. Acuerdos a adoptar.
6º.- Renuncia Subvención Caminos.
7º.- Modificación Reglamento Agrupación Voluntarios de Protección Civil de Santa Elena.
8º.- Dar cuenta procedimiento de licitación Caza.

Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Extraordinaria el próximo día 26 de Diciembre del 2018, a las 09’30 horas.

Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Sírvase firmar el duplicado para constancia.
Santa Elena, a fecha firma electrónica

jueves, 13 de diciembre de 2018

Subvención Planes Locales Deportes

   D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

   Hace saber: 
   Que con fecha 29 de noviembre del 2018, figura publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº234, resolución definitiva núm. 595, de fecha 29 de noviembre por el Sr. Diputado del Area de Cultura y Deportes, de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2018, DEL AREA DE CULTURA Y DEPORTES PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES LOCALES DEPORTIVOS concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención, por importe de 3.756,43.
   Santa Elena a fecha de firma electrónica
ALCALDE PRESIDENTE

Subvención Equipamiento Informatico

   D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

   Hace saber: 
   Que con fecha 4 de diciembre del 2018, figura publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, nº234, resolución definitiva núm. 3173 por el Sr. Diputado del Area de Recursos Humanos y Gobierno Electrónico, de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2018, DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS Y GOBIERNO ELECTRÓNICO PARA La ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención, por importe de 6.750,00 con destino a adquisición de equipo 1 Multifunción.
Santa Elena a fecha de firma electrónica
ALCALDE PRESIDENTE

Aprobación inicial baja de obligaciones reconocidas.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

   “El Pleno del Ayuntamiento de Santa Elena, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre del 2018, adoptó acuerdo de aprobación inicial de expediente de anulación de obligaciones reconocidos en ejercicios anteriores (2013-2014), pendientes de pago por prescripción.
    En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.42 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por un plazo de quince días a contar desde el siguiente de la inserción de éste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

RELACIÓN BAJAS OBLIGACIONES RECONOCIDAS
Ejercicio             Aplicación                                              Tercero                               Importe
2013              3380/22609                              LOS CUATRO COLORES SCP           840,32
2013              3380/22609                              DIVEREDUCA S.L                              114,95
2014              1522/21200                              REFRI 2000 S.L                                   1.549,28
                                                                 TOTAL                                                  2.504,55


   Lo que se hace público para quienes reúnan la condición de interesados, al amparo de lo preceptuado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan formular alegaciones y aportar la documentación que estimen pertinente en orden a demostrar la paralización del cómputo del plazo de prescripción, durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Santa Elena, a 29 de Noviembre de 2018.
El Alcalde,
JUAN CAMINERO BERNAL .

miércoles, 12 de diciembre de 2018

Acta de la Mesa de Contratación

ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE APERTURA DE LOS [SOBRES «A»  y b] 
Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

Reunidos en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el día 5 de diciembre del   2018,   a   las   doce   horas,  se   constituye   la   Mesa   de   Contratación   para   la adjudicación del siguiente contrato: 
Tipo de contrato: Suministro
Objeto del contrato: Suministro de material de construcción Procedimiento de contratación: abierto simplificado sumario
Tipo de Tramitación: ordinaria
Código CPV:
 44111000-1 (Materiales para obras de construcción)
El suministro se articula en un único lote que comprenderá los productos que se relaciona en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Valor estimado del contrato: 
Lote UNICO 
20.642,59€   Iva 4.334,94    TOTAL 24.997,53
Duración de la ejecución: Será coincidente con el plazo de ejecución de la subvención del PFEA, en en todo caso será el 30/06/2019 salvo que se una ampliación de dicho plazo.
La composición de la mesa es la siguiente:
Presidente   (miembro   de   la   Corporación   o funcionario de la misma)
 Juan Caminero Bernal
Interventor de la Corporación (Vocal)
Ana Isabel Moreno García
Secretario de la Corporación (Vocal)
Ana Isabel Moreno García
Vocal
Ramón Coloma González
Vocal
Antonio Martinez Molina
Vocal
Andrés LLoreda Martínez
Secretario de la Mesa
María de los Angelés Ferriz Sánchez

1. APERTURA DE SOBRES Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
A   continuación,   se   procede   a   la   calificación   previa   de   los   documentos presentados   en   tiempo   y   forma,   ordenando   el   Presidente   la   apertura   de   los [sobres «A»   (declaración   responsable   y   proposición   económica   y   demás   criterios cuantificables automáticamente).
El Presidente acuerda proceder a examinar formalmente la documentación presentada, dando fe el Secretario de la relación de documentos que figuran.
La Mesa de Contratación declara admitidas la única   proposición:
LOTE 1
 (UNICO)
Licitador  1
VALENTIN SANCHEZ RUIZ
Los Presentes, dado la existencia de un único  licitador presentado al proceso de licitación y admitido, se acuerda la innecesaridad de proceder a la clasificación de la oferta.
2. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
En consecuencia, la Mesa propone al órgano de contratación la adjudicación al siguiente licitador:
LOTE
LICITADOR 1
VALENTIN SANCHEZ RUIZ
3.  REGISTRO   OFICIAL   DE   LICITADORES   Y   DE   EMPRESAS CLASIFICADAS
La mesa procede a la comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas   Clasificadas   que   la   empresa   propuestas   como   adjudicataria   está debidamente constituida, los firmantes de las proposiciones tienen poder bastante para formular la oferta, ostentan la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no están incursas en ninguna prohibición para contratar.
El Presidente da por terminada la reunión a las doce horas y quince minutos.
Y para que  quede  constancia  de  lo tratado,  yo, el  Secretario,  redacto Acta  que someto a la firma del Presidente y Vocales.


DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

martes, 11 de diciembre de 2018

Modificación presupuestaria con cargo al remanente para gastos generales aplicación superávit.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena.

Hace saber:

   “Que el Pleno del Ayuntamiento de Santa Elena en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre del 2018, acordó la aprobación inicial de expediente de modificación de créditos, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, cuyo detalle es el siguiente:
   El importe aplicable a amortizar deuda será 24.000,00 euros.
   El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos

   Aplicación 
Presupuestaria      N.º              Descripción                                                                       Euros
   011             911.02       Amortización parcial préstamo
                                              proveedores RDL   4/2012                                             24.000,00
                                                                                                       TOTAL GASTOS 24.000,00

   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
   Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.”

Santa Elena, a 29 de Noviembre de 2018.- 
El Alcalde Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

Modificación Ordenanza fiscal prestación de servicio de cementerio.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena.

    “El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2018, acordó la aprobación de la modificación provisional de la Modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasa de Cementerio.
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante dicho plazo los interesados puedan examinar el expediente en las dependencias municipales y presentar las alegaciones que estimen pertinentes. 
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Santa Elena, a 29 de Noviembre de 2018.- 
El Alcalde Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

sábado, 24 de noviembre de 2018

Pleno Ordinario

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL  AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

   Primero: Convocar sesión plenaria Ordinaria a celebrar el día 28  de Noviembre  de 2018, a las 12’00  horas, con el siguiente  orden del día:

1º.- Aprobación de  Actas de  sesión  anterior de fecha  5 de Noviembre de 2018.
2º.- Control y Fiscalización de los órganos de gobierno: Resoluciones, Mociones, Decretos, Ruegos y Preguntas.
3º.-  Dación Cuenta Informe sobre Resolución de discrepancias relacionadas con el art. 218 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo modificado por ley 27/2013 de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
4º- Dación cuenta información relativa al periodo medio de pago a proveedores, correspondiente al tercer trimestre del 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden HAP/2015/2012 de 1 de octubre por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información  prevista en la Ley 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
5º.- Dación cuenta remisión del seguimiento trimestral del Plan de Ajuste  3º trimestre 2018, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 4 y 6 de la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 4/2012 de 28 de Septiembre.
6º.- Dación cuenta información relativa al Plan de Ajuste (Tercer trimestre) en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden  HAP/2015/2012 de 1 de octubre por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información  prevista en la Ley 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
7º.- Dación cuenta del coste de los servicios 2017.
8º.- Elección de Juez de Paz Titular y Sustituto.
9º.- Licencias de Obras.
10º.- Proyecto de Actuación con destino adaptación de Cortijo a Casa Rural. Acuerdos a Adoptar.
11º.- Proyecto Actuación para Instalación de una Estación Base de Telefonía Móvil. Promovido por Telxius Torres España, S.L.
12º.- Aprovechamiento Cinegético de Caza mayor y Caza menor, Finca Collado de los Jardines.  Acuerdos a Adoptar
13º.- Dación cuenta Alta en Inventario de Bienes Municipales, de Vehículo adscrito al servicio municipal.
14º.- Plan Especial de Apoyo al Municipio. Acuerdos a adoptar
15º.- Determinación Fiestas Locales 2019.
16º.- Modificación del saldo/prescripción de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores.
17º.- Modificación ordenanzas fiscales en cumplimiento del plan de ajuste de conformidad con EL R.D.L. 4/2012, de 24 de febrero.
18º.- Modificación presupuestaria  de gastos con cargo al superávit presupuestario.
19º.- Amortización parcial de préstamo.
20º.- Ordenación e Imposición de Ordenanza reguladora de Ayudas para el Fomento de la Natalidad en el municipio de Santa Elena.

   Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Ordinaria   el próximo día 28 de Noviembre del 2018, a las 12’00 horas. 

Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.    
                  Santa Elena, a fecha firma electrónica

viernes, 9 de noviembre de 2018

Aprobación Padrón agua, basura, canon autonómico y alcantarillado 5 bimestre 2018.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 31 de octubre de 2018, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de Agua Potable, Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y Alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2018. A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el B.O.P. de Jaén y Tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de Agua Potable, Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y Alcantarillado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2018, en:
Plazo de Ingreso: del 1 de noviembre de 2018 a el 31 de diciembre de 2018.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará
el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan. 

Lo que se hace saber para general conocimiento. 
Santa Elena, a 31 de Octubre de 2018.- 
El Alcalde Presidente, JUAN CAMINERO BERNAL

miércoles, 7 de noviembre de 2018

Bases de Empleo Bolsa Santa Elena

BASES GENERALES REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL MUNICIPIO DE SANTA ELENA DE LOS CRITERIOS SELECTIVOS A TENER EN CUENTA PARA LOS CONTRATOS LABORALES DE CARÁCTER TEMPORAL NO CUALIFICADO EN EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA  (JAÉN),   

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 
El Ayuntamiento de Santa Elena proyecta la creación de empleo al amparo del Plan Especial de Apoyo a Municipios 2018  con el objetivo de emplear de forma temporal a vecinos de este municipio. 

Se debe tener en cuenta que la Administración Local es la que está más cerca de las  demandas de servicios por parte de los ciudadanos y es la que está asumiendo progresivamente competencias que implican una mayor complejidad en su desempeño, como es el caso que nos ocupa. 

En este sentido, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 55 que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en dicho Estatuto y resto del Ordenamiento Jurídico. A estos principios se refieren también los artículos 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y artículos 91.2 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, añadiendo además el principio de “convocatoria pública”. 
Así, siguiendo lo indicado en el artículo 55.2 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 de dicha norma, seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación: 
Publicidad de las convocatorias y sus bases. 
 Transparencia. 
Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. 
Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. 
Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. 
Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.  

Con la aprobación de las presentes Bases Generales Reguladoras de las Bolsas de  Empleo se regulan las condiciones para futuras contrataciones de personal laboral con carácter temporal, o no permanente, en función de necesidades puntuales para la prestación de servicios locales esenciales en el municipio de Santa Elena (Jaén).  

Las bolsas de trabajo que se formen con las presentes Bases Generales que regulan las Bolsas de Empleo pretenden llevar a cabo de forma adecuada los servicios que presta el Ayuntamiento de Santa Elena, mejorar la calidad de las prestaciones que reciben los ciudadanos, agilizar los procesos selectivos para cubrir las plazas de carácter temporal y ofrecer una solución laboral a los problemas que presentan los ciudadanos de este pueblo. 

1. OBJETO. 
Las presentes Bases tienen por objeto la creación de bolsas de trabajo con el propósito  de contar con una relación de personas interesadas en su posible contratación, de carácter temporal, para la realización de trabajos que sean necesarios para la prestación de servicios locales esenciales en el municipio de Santa Elena (Jaén). 

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. 
Las presentes Bases tienen por objeto regular un procedimiento para la creación de Bolsas de Empleo por medio de las cuales, y durante su periodo de vigencia, se cubrirán plazas de carácter temporal  al amparo del Plan Especial de Apoyo a Municipios de la Diputación Provincial . 

3. PUESTOS DE TRABAJO A INCLUIR EN LAS BOLSA. 
Los puestos de trabajo a incluir en las Bolsa de Empleo son los indicados a continuación: 
PEÓN POLIVALENTE. 
LIMPIADOR/A VIALES  MUNICIPALES 
JARDINERO 
GESTOR ALMACEN  

4. FORMACIÓN DE LA BOLSAS DE EMPLEO. 
Para la prestación de servicios locales esenciales en el municipio de  Santa Elena (Jaén), conforme al punto tercero de las presentes bases generales, se crean bolsas de empleo que son las siguientes: 
1. Peones Polivalentes. 
2. Limpiadores/ as Viales Municipales. 
3. Jardineros 
4. Gestor Almacén  Municipal 
En caso de ser necesaria la ampliación de las categorías profesionales, por surgir nuevas necesidades, se aprobará en relación con la misma su correspondiente bolsa de empleo. 

 5. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 
 Los requisitos establecidos para los aspirantes de cada una de cuatro  bolsas, quedan  regulados en el punto 1 de cada bolsa.  

6. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 
La presentación de solicitudes, la documentación, el lugar así como el plazo para la  presentación de las instancias quedan reguladas según el punto 2 de cada una de las  bolsas a formalizar. 

7. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS. 
Los aspirantes deberán aportar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, fotocopia simple de la documentación acreditativa de los méritos que se alegan en el punto 3 de cada una de las bolsas de empleo a formalizar.  

8. SISTEMA SELECTIVO Y BAREMACIÓN. 
8.1. El sistema selectivo será con carácter general el de concurso, mediante la  valoración de méritos alegados y acreditados por los aspirantes a formar parte de dichas Bolsas, siempre con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y conforme al baremo indicado. 

9. LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. 
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución de Alcaldía se  declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos en el proceso. En dicha Resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, se concederá un plazo de diez días hábiles para que los aspirantes excluidos puedan subsanar los defectos que hayan originado su exclusión. Transcurridos éstos, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso, mediante resolución que se hará pública igualmente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la que se expresará lugar, fecha y hora de reunión de la Comisión de Valoración para la baremación de méritos. 

10. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN. 
La Comisión de Valoración que se constituya al efecto, tendrá como función la baremación de las solicitudes presentadas así como resolver las situaciones de empate en los casos descritos en la base décimo primera de las presentes Bases. La Comisión tendrá la condición de comisión no permanente. 

Estará compuesta por: 
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue. 
Vocales: 
-  Tres empleados del Ayuntamiento de Santa Elena, a designar por la Alcaldía. 
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Popular (con voz pero sin voto). 
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Socialista (con voz pero sin voto). 

Secretario: 
- El del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. 

La Comisión de Valoración, para su válida constitución, deberá contar con la asistencia del Presidente, del Secretario y de al menos dos de sus vocales. Asimismo, la citada omisión podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para la valoración de las solicitudes, actuando con voz pero sin voto.  

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa vigente, asimismo podrán ser recusados por los aspirantes en la forma y casos que determina la normativa vigente.  

11. COMISIÓN DE VALORACIÓN. 
Una vez aprobada por Resolución de Alcaldía la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso, corresponderá a la Comisión de Valoración la revisión de la calificación definitiva de los méritos alegados por los aspirantes, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en aplicación de los baremos. 

Una vez sumadas las puntuaciones, la Comisión de Valoración establecerá el orden de las Bolsas de Empleo, que comenzará por aquellos aspirantes que obtuvieron mayor puntuación según los baremos de cada caso y continuará en orden descendente hasta concluir con el aspirante con menor puntuación. 

En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuación por algunos candidatos, los desempates  se resolverán por sorteo. 

Concluido el proceso, la Comisión de Valoración elevará a la Alcaldía, para su aprobación por Resolución, la propuesta de formación de las Bolsas de Empleo, y de cada una de ellas, la relación de candidatos, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de puntuación obtenida en cada apartado y puntuación total. La Resolución de la Alcaldía antes señalada, determinará la constitución de las Bolsas de Empleo a efectos de contratación temporal para la prestación de los servicios descritos en el artículo tres de las presentes Bases Reguladoras. Dicha Resolución se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Santa Elena.

12. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. 
La formalización de los contratos, relacionados en cada una de las Bolsas de Empleo, queda regulado en el punto 4 de cada una de las Bolsas de Empleo.  

13. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA. 
13.1. Los contratos se formalizarán al amparo de la normativa legal y reglamentaria en materia de contratos laborales de naturaleza temporal.  

13.2. El periodo de duración del contrato será de doce días para las bolsas de 1. Peones Polivalentes. 2. Limpiadores/ as Viales Municipales. 3. Jardineros y tres meses para la bolsa de  Gestor Almacén  Municipal  

14. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO. 
Las causas definitivas de exclusión de las Bolsas de Empleo así como la concurrencia de causas debidamente justificadas que permitirían a los aspirantes permanecer en las Bolsas de Empleo, aunque pasando a ocupar el último puesto en las citadas Bolsas, quedan descritas en las Bases de cada una de las Bolsas de Empleo. Asimismo, no se podrá formar parte, durante su período de vigencia, de más de una Bolsa de Empleo.  

15. VIGENCIA DE LA BOLSA. 
15.1. Las Bolsas de Empleo resultantes de esta convocatoria tendrán una duración inicial coincidente con la  normativa reguladora del Plan Especial de Apoyo, incluida la prórroga en su caso.  

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. 
Como consecuencia de lo indicado en la base 14ª de las de las Bases Generales reguladoras de las bolsas de empleo del municipio de Santa Elena y de los criterios selectivos a tener en cuenta para los contratos laborales de carácter temporal en el Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén), relativa a que no se podrá formar parte, durante su período de vigencia, de más de una Bolsa de Empleo.  

 Santa Elena a fecha firma electrónica

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BOLSAS DE TRABAJO AL AMPARO DEL PLAN ESPECIAL DE APOYO AL MUNICIPIO 2018, DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL.

   SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS VECINOS DE MUNICPIO, QUE CON FECHA 31 DE OCTUBRE DEL 2018, SE HAN APROBADO LAS BASES DE SELECCIÓN PARA LA FORMACION DE BOLSAS DE TRABAJO AL AMPARO DEL PLAN ESPECIAL DE APOYO AL MUNICIPIO 2018, DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL.


   QUEDAN EXPUESTAS DICHAS BASES EN EL TABLON DE ANUNCIOS DEL AYUNTAMIENTO.
- LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS SERÁ DE DE 12 DÍAS PARA LAS BOLSAS DE:
- Y DE TRES MESES PARA Gestor Almacén Municipal.

   LOS ASPIRANTES DEBERÁN PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ESTABLECIDA EN LAS BASES DE LA BOLSA A LA QUE VAYAN A OPTAR.

   EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERA DESDE EL DÍA 8 AL 29 DE NOVIEMBRE DE 2018, AMBOS INCLUSIVE, EN HORARIO DE 9’00 A 14’00 HORAS EN LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO.

   LO QUE SE HACE PUBLICO PARA SU GENERAL CONOCIMIENTO.
Santa Elena a fecha firma electrónica


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Notificación Contencioso

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

HACE SABER.:

Ante el Juzgado Contencioso-Administrativo Núm 3 de Jaén, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo (Procedimiento ordinario 586/2018), contra la resolución de Alcaldía de fecha  12 de Febrero de 2018,  sobre impugnación de cierre y precinto del local para instalación de actividad ganadera avícola gallos de peleo reñidero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por resolución de Alcaldía de fecha 16 de octubre de 2018, se acuerda ordenar la remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo Núm. 3 de Jaén, y emplazar a cuantos aparezcan como interesados en él, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Santa Elena, a fecha de firma electrónica                                   
                                                                                                               BOP Nº 214   07/11/2018

martes, 6 de noviembre de 2018

Elección de Juez de Paz y Sustituto

JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DE ESTE AYUNTAMIENTO, 

HAGO SABER:

   Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, celebrado el día 5 de Noviembre de 2018, se amplía el plazo para la presentación de instancias, a la elección de Juez de Paz y Sustituto. 
   Abriéndose un plazo de CINCO días hábiles  a contar desde el  día   7  al  13 de Noviembre de 2018, ambos inclusive, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
  
   Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

   El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

   Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

   [En su caso] Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://santaelena.sedelectronica.es].

   Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido. 
   Lo que se publica para general conocimiento.

miércoles, 31 de octubre de 2018

Pleno Extraordinario

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:
   Primero: Convocar sesión plenaria Extraordinaria a celebrar el día 5 de Noviembre de 2018, a las 13’00 horas, con el siguiente orden del día: 
1º.- Aprobación del Acta de sesión anterior de fecha 8 de Agosto de 2018.
2º.- Elección de Juez de Paz Titular y Sustituto.
3º.- Sorteo Mesas Electorales, Elecciones al Parlamento de Andalucía, día 2 de Diciembre de 2018.
   Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Extraordinaria el próximo día 5 de Noviembre del 2018, a las 13’00 horas. 
   Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Santa Elena, a fecha firma electrónica

jueves, 25 de octubre de 2018

Nueva Sede Electrónica

   La dirección oficial de esta nueva Sede Electrónica está disponible en la dirección de Internet: https://santaelena.sedelectronica.es    


 A través de esta Sede Electrónica se podrán realizar todas las actuaciones, procedimientos y servicios competencia de esta administración y sometidos al ámbito de aplicación de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con sujeción a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.  Siempre identificándose bien con usuario y cl@ve o certificado digital de usuario de la FNMT
   El artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público define la sede electrónica como aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
La titularidad de esta nueva Sede Electrónica corresponde a:
AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA
Plaza Constitución, 1
23213 Santa Elena (Jaén)
   Esta administración es responsable, en la gestión y administración de esta Sede Electrónica, de velar por la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
El código DIR3 de esta entidad es: L01230768
   En el Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3) puede consultarse una relación actualizada de los órganos administrativos y oficinas de registro y atención al ciudadano de esta administración
https://administracionelectronica.gob.es/ctt/dir3/descargas 

Subvención Ruta Castillos y Batallas

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

   HACE SABER.:
   En virtud de resolución definitiva de la convocatoria de Subvenciones destinadas a Ayuntamientos, para el Programa de Animación de la Ruta de los Castillos y las Batallas, para el ejercicio 2018, del Área de Promoción y Turismo de la Diputación provincial de Jaén, durante el ejercicio 2018. Por Resolución al Diputado-Delegado del Área de Promoción y Turismo, (D.P. Resolución núm. 744, de 07-07-2015), ha dictado resolución núm. 205, de fecha 11 de octubre de 2018, aprobando la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones del Área de Promoción y Turismo de la Diputación provincial de Jaén, para el ejercicio 2018, destinada a Ayuntamientos para el Programa de Animación de la Ruta de los Castillos y las Batallas, concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención con destino a RECREACIÓN INTERNACIONAL BATALLA NAVAS DE TOLOSA, por importe de 3.280,00€.

Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, a fecha firma electrónica

martes, 23 de octubre de 2018

Aprobación inicial del proyecto delimitación unidades de ejecución núcleo "Llano de las Carretas".

   Aprobado inicialmente el Proyecto de Delimitación de Unidades de Ejecución denominada Núcleo Llano de las Carretas, incluida en el ámbito de suelo urbano no consolidado, por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de octubre del 2018, de conformidad con el artículo 106 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete a información pública por el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
   Durante dicho plazo quien se estime interesado podrá consultar el expediente instruido en las dependencias municipales y, en su caso, formular cuantas sugerencias, observaciones, reparos o alegaciones, pudieran considerar como más pertinentes a su derecho.

Santa Elena, a 10 de Octubre de 2018.- 
El Alcalde, JUAN CAMINERO BERNAL.

jueves, 18 de octubre de 2018

Subvención Area Igualdad

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

   Que se ha dictado resolución definitiva núm. 1754 de fecha 24 de Septiembre de 2018, por la Diputada Delegada del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Excma. Diputación Provincial, de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2018, DEL AREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL PARA 2018 A AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES, concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención con destino a las siguientes líneas:
- Ejecución del Plan Provincial de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la provincia de Jaén.: 1.334,98€.
- Ejecución del Plan Provincial de Juventud de la Provincia de Jaén .: 1.334,98 €.
- Programa de Intervención Social Comunitaria con Infancia y Familia: 6.663,18€.
- Mantenimiento de Centro de Día Municipales para personas mayores: 606,00 €.
- Equipamiento de Dependencias Municipales de Servicios Sociales: 641,30 €.

   Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2018, DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL PARA 2018 A AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES.

Santa Elena, 18 de Octubre de 2018 
 fecha firma electrónica

lunes, 15 de octubre de 2018

Elecciones al Parlamento de Andalucía 2018

Elecciones al Parlamento de Andalucía 2018    
  Quedan expuestas al público la lista de electores residentes en España incluidos en el Censo Electoral.
     Cualquier reclamación a las mismas, deberá de presentarse en este Ayuntamiento en el periodo comprendido del 15 de Octubre al 1 de Noviembre 2018, ambos inclusive para su tramitación.
Santa Elena, 15 de Octubre de 2018
El Alcalde
Fdo. Juan Caminero Bernal

viernes, 5 de octubre de 2018

Bases Banco de Alimentos de Santa Elena. Cruz Roja

BASES BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA. CRUZ ROJA

OBJETO DEL BANCO DE ALIMENTOS:
Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de ayudas a familias que se encuentren en situación de precariedad económica, para la entrega de alimentos y productos básicos, y garantizar la cobertura de unos mínimos de subsistencia de su unidad familiar.
Constituye una medida excepcional y urgente ante situaciones carencias de gran necesidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS:
Serán destinatarias de estos lotes de alimentos y productos básicos las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados a continuación, y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.

REQUISITOS DE ACCESO:
- Estar empadronado/da en el Ayuntamiento de Santa Elena con fecha anterior a la publicación de estas bases y ser residente en el mismo municipio.
- Carecer de ingresos que garanticen la cobertura de las necesidades básicas del/la solicitante y de las personas que de él/ella dependen según el baremo establecido.
- Tener hijos/as menores a cargo o hijos/as mayores que no dispongan de ingresos propios y que dependan económicamente del/a solicitante.
- Los cónyuges sin hijos a cargo y que carezcan de otro tipo de ayudas y tengan más de 55 años.
- Acreditar que no son perceptores de alimentos ni por parte de Cruz Roja ni de Cáritas, salvo que su extrema necesidad aconseje también la ayuda municipal.

DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia del D.N.I. de los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de convivencia del Ayuntamiento.
- Certificado del SAE que acredite la situación de desempleo o si percibe alguna prestación.
- Certificado de la Seguridad Social que acredite si el/la solicitante o algún miembro de la familia es beneficiario/a de alguna pensión, prestación y su cuantía.
- Declaración responsable de que no perciben alimentos ni por parte Cruz, Roja, Cáritas o cualquier otra asociación u organismo (en la misma solicitud).
- Declaración jurada de ingresos (en la misma solicitud).

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 10 días naturales  a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. (05/10/2018 hasta 16/10/2018 ambos inclusive).
Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General, para su tramitación y resolución.

CRITERIOS DE VALORACIÓN:  
Número de miembros de la unidad familiar.
Ingresos familiares.
El límite de ingresos para acceder al Banco de alimentos, se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar. El baremo queda estipulado según la tabla (equiparada al límite de ingresos en función de las personas que convivan, según Ingreso Mínimo de Solidaridad de la Junta de Andalucía para el año 2017.

INGRESOS DE SOLIDARIDAD SEGÚN MIEMBROS:

                                                              MENSUAL                 SEMESTRAL 
Unidad Familiar unipersonal               406,22 €                  2.437,32 €
Unidad familiar de 2 miembros           458,064€                 2.751,84 €   
Unidad Familiar de 3 miembros           511,06 €                 3.066,36 €
Unidad Familiar de 4 miembros             563,48 €               3.380,88 €
Unidad Familiar de 5 miembros            615,90 €                3.695,40 €
Unidad Familiar de 6 ó más miembros   655,20 €              3.931,20 €

En situaciones especiales, se tendrá en cuenta la valoración profesional reflejada a través del informe social, del que quedará constancia en el expediente relativo a la solicitud.

ENTREGA DE LOTES:
El Ayuntamiento de Santa Elena  entregará directamente a cada unidad familiar beneficiaria del banco de alimentos, un lote de alimentos y productos básicos, durante toda la vigencia de las presentes ayudas, que se fija en seis meses y extraordinariamente y ante una situación de emergencia y previo informe de la Trabajadora Social, los alimentos que puntualmente palíen dicha situación extraordinaria.

REVOCACIÓN:
Serán causas de revocación de la concesión de estos lotes:
- El falseamiento u ocultación de los datos y documentos necesarios para su otorgamiento.
- La utilización de estos lotes con otros fines que no sean los propios para los que se concedieron.
- En general cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas en estas bases.
- La revocación dará lugar a la suspensión de la ayuda y a la restitución de lo percibido indebidamente.

Santa Elena a 05 de Octubre de 2018
Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 1 de octubre de 2018

Información Averia Suministro de Agua

D. Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén)

Hace Saber:
   Que una avería en el sistema de filtrado en las instalaciones de almacenamiento de agua, está provocando que ésta salga bastante turbia, se está trabajando en la solución del problema para el restablecimiento normal de su funcionamiento.
   Tras resolver esta incidencia que será en un breve plazo de tiempo se pondrá en conocimiento de todos los vecinos, por lo que ruego disculpen las molestias.
   Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, 1 de Octubre de 2018
Alcalde Presidente
Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 10 de septiembre de 2018

Aprobación del Padrón de Agua, Basura, Alcantarillado y Canon autonómico depuración 4B_2018

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 3 de septiembre del 2018, los padrones y listas cobratorias de la tasa del suministro de Agua Potable, Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica y Alcantarillado correspondientes a los meses de Julio y Agosto 2018. A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y Tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.
   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de Agua Potable y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Alcantarillado y Canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, correspondientes a los meses de Julio y Agosto de 2018, en :
   Plazo de Ingreso: del 3 de Septiembre 2018 al 31 de Octubre de 2018.
   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan. 
   Lo que se hace saber para general conocimiento.
   Jaén, a 03 de Septiembre de 2018.- 
El Alcalde, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

Subvención en especie Vehículo Furgoneta

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

HACE SABER.:
Que por Resolución de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, de fecha  26/07/2018, se concede al Ayuntamiento de Santa Elena, AYUDAS EN ESPECIE, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, CONSISTENTES EN LA ENTREGA EN PROPIEDAD DE VEHÍCULOS-FURGONETAS (MARCA DACIA MODELO DOKKER) A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS ANDALUZAS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES) al amparo de la Convocatoria de ayudas para el 2018 (Orden de 24 de noviembre del 2017) 
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la convocatoria.
Santa Elena, a 5 de septiembre del 2018
ALCALDE-PRESIDENTE
          Fdo. Juan Caminero Bernal 

viernes, 10 de agosto de 2018

Lista definitiva Bolsa Limpieza

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

   Vistas las bases de la bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, para limpieza de dependencias municipales según las necesidades que se vayan generando en este Ayuntamiento, atendiendo a la situación familiar socio-económica de los/as aspirantes, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de Mayo del 2018.

Visto que las citadas bases han sido redactadas de conformidad y  por asimilación, con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el  artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con los principios rectores que establece.

   Visto que se publicó edicto para admisión de solicitudes desde el día 14 al 31 de Mayo  de 2018, ambos inclusive.

   Vistas las solicitudes y documentación presentadas en este Ayuntamiento.

   Visto que con fecha 28 de Junio de 2018, se dicta resolución de Alcaldía declarando Aprobada la lista provisional de   admitidos y excluidos.

   Visto que se concede un plazo de diez días hábiles para subsanación. Desde el día 2 al 13 de Julio ambos inclusive y que transcurrido el plazo de subsanación, se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
   En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes.

RESUELVO.

PRIMERO. Aprobar de forma definitiva la siguiente relación de aspirantes una vez terminada la  baremación por la Comisión de Evaluación,  para la formación de la bolsa  de empleo por orden de puntuación obtenidas: 
ORDEN APELLIDOS Y NOMBRE                                  TOTAL PUNTOS
1              N. G, MARIA ELENA                                                   1035
2              P .N, LUIS MIGUEL                                                      1035
3              R.  F, TATIANA                                                              1035
4              G .C, MARIA DOLORES                                              1035
5              M. C, MARIA                                                                1035
6              J .A, PAOLA                                                                 1035
7              Ch H, JUSTA                                                                 1035
8              S. R, ELENA                                                                  1035
9              R, Ch ELENA                                                              1035
10            S. R, ANA MARIA                                                      1035
11             L N, MARIA ELENA                                                 1035
12             A .V, JAVIER                                                              1035
13             G. S, MARIA ELENA                                                 1034
14             J .R, LEONOR                                                              1023
15              M .C, JULIA                                                               1023
16              F. A, ALFONSA MARIA                                            1023
17              S .R, ANTONIA                                                          1022
18              C. C, ANA BELEN                                                      1021
19              A .M, ALFONSA                                                        1005
20              A .S, MARIA ANTONIA                                            1005
21              G. G, JOSEFA MARIA                                               1004
22              N . M GREGORIA                                                     1004
23              R .Ch, ELISABETH                                                    993
24              L .N, ANA VANESA                                                 992
25              H .C, SOLEDAD                                                        992
26              F .J, SONIA                                                                992
27              R . M, ARGENTINA                                                 992
28              R .M, REYES                                                             990
29              P .F, VIRGINIA                                                          978
30              M .P, MARIA DOLORES                                          977
31              M .R, VICENTA                                                        971
32              M .S, CARMEN                                                        969
33              J .R, Mª MERCEDES                                                963
34              R .N, LEONOR                                                          959
35              R .S, ENCARNACION                                                957
36              Ch .L, ANTONIA                                                        944
37              A .G, MARIA DEL MAR                                           932
38              L .G, FRANCISCA                                                     922
39              C .C, CATALINA                                                        918
40              R .S, JOSEFA                                                                910
41              A .G, MARIA DEL ROCIO                                        906
42              A .C, FRANCISCA                                                     904
43              M .H, ANA ISABEL                                                   892
44              S .J, MIRIAM                                                              889
45              M .R, ELENA                                                            871
46              LL.R, DAVID                                                             837
47              A,.M, ANGELES                                                        819
48              B . B, JUANA MARIA                                                739
49              B,.L, NOELIA                                                            723
50              C,.S, YOLANDA                                                        642
51              J. N, JUANA MARIA                                                632
52              F,.H, LUCIANA                                                        563
53              F. LL, ANGELA                                                        271
54              M. B, ELENA                                                            268
55              G.G, ELENA                                                                71
56              B.G, ROSARIO                                                             2
57              C. L, FRANCISCA                                                       1


SEGUNDO. Publicar en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, y en la página web del Ayuntamiento – www.santaelena.es-., la lista definitiva de los aspirantes de las bolsa de  Limpieza  Dependencias Municipales.

TERCERO. Formalizar el contrato de trabajo en la modalidad regulada por el  del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con una duración de 90 días y en régimen de dedicación a tiempo parcial, conforme las necesidades del Ayuntamiento a los  aspirantes  que figura en las bolsas por orden de puntuación.

CUARTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento o página WEB, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del mismo , de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma la Srª, 2ª Teniente de Alcalde, Dª.  Mª Federica Tapia Segura, en Santa Elena, a 9 de Agosto  de 2018; de lo que, como Secretario, doy fe.

2ª TENIENTE ALCALDE LA SECRETARIA
  Fdo. María Federica Tapia Segura                Fdo. Ana Isabel Moreno García