jueves, 28 de junio de 2018

Aprobación definitiva Proyecto de actuación apartamentos turísticos.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Que la Corporación reunida en sesión plenaria celebrada el día 31 de mayo del 2018, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación comprensivo de las actuaciones destinadas a “Apartamentos Turísticos” con emplazamiento en Autovía A-4. P.K. 258, Polígono 26, Parcela 35, de Santa Elena (Jaén), promovido por Nazar Despeñaperros, S.L., redactado por el Arquitecto Rafael Matiaces Teclemayer.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 del apartado f) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento.

   Santa Elena, a 01 de Junio de 2018.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                    BOP Nº 123 28/06/2018

Listado Provisional Bolsa de trabajo Limpieza

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

   Vistas las bases de la bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, para limpieza de dependencias municipales según las necesidades que se vayan generando en este Ayuntamiento, atendiendo a la situación familiar socio-económica de los/as aspirantes, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de Mayo del 2018.

Visto que las citadas bases han sido redactadas de conformidad y  por asimilación, con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el  artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con los principios rectores que establece.

Visto que se publicó edicto para admisión de solicitudes desde el día 14 al 31 de Mayo  de 2018, ambos inclusive.

Vistas las solicitudes y documentación presentadas en este Ayuntamiento.

En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes.

RESUELVO.

PRIMERO: Declarar Aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos que a continuación se relaciona. 
Vicenta M. R.
Luciana F. H.
Elena M. R.
Paola J. Á.
Elena S. R.
Mª Dolores G. C.
Justa Ch. H.
Ana Isabel M. H.
Noelia B. L.
Ángeles A. M.
Julia M. C.
Javier A. V.
Mª Elena L. N.
Ana Vanesa L. N. 
Ana Belén C. C.
Ángela F. Ll.
Leonor J. R.
Mª del Rocío A. G.
Mª Reyes R. M.
Elena G. G.
Mª Mercedes J. R.
David Ll. R.
Luis Miguel P. N.
Mª Elena N. G.
Alfonsa F. A.
Antonio Ch. L.
María M. C.
Mª Elena G. S.
Soledad H. C.
Carmen M. S.
Mª del Mar A. G.
Juana María J. N.
Miriam S. J.
Antonia S. R.
Encarnación R. S.
Alfonsa A. M.
Juana María B. B.
María Antonia A. S.
Mª Dolores M. P.
Josefa R. S.
Josefa Mª G. G.
Argentina R. M.
Elisabet R. Ch.
Sonia F. J.
Francisca L. G.
Catalina C. C.
Virginia P. F.
Gregoria N. M.
Francisca Á. C.

NO ADMITIDOS/AS

Leonor R. N. …………………Falta D.N.I.
Tatiana R. F.  ………………… Falta Vida Laboral
Yolanda C. S.  ………………Falta Vida Laboral Actualizada
David R. H. …………………Falta Vida Laboral Actualizada
Ana María S. R.   …………….Falta Demanda de Empleo Actualizada
Elena M. B.  ……………  Falta Demanda de Empleo 
Inmaculada A. G. ………… Excluido (incompatibilidad cargo electo)


SEGUNDO: Conceder un plazo de diez días hábiles para subsanación. Desde el día 2 al 13 de Julio ambos inclusive. Transcurrido el plazo de subsanación, se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Santa Elena,  28 de Julio de 2018


2ª TENIENTE ALCALDE LA SECRETARIA
Fdo. María Federica Tapia Segura                Fdo. Ana Isabel Moreno García

martes, 26 de junio de 2018

Pleno Extraordinario urgente

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

   Con la finalidad de proceder a convocar sesión extraordinaria de carácter urgente del Pleno de este Ayuntamiento para adoptar acuerdo sobre SOLICITUD DE SUBVENCION CON DESTINO A MEJORA DE CAMINOS RURALES AL AMPARO DE LA ORDEN 15 DE DICIEMBRE DE 2017, POR LAS QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES DENTRO DEL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCIA 2014-2020 (SUBMEDIDA 4.3)Y ACEPTACION DE PROPUESTA PROVISIONAL, para el día 27 DE JUNIO DEL 2018 A LAS 13.30 HORAS y a fijar los asuntos a tratar en el orden del día, y de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986,de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Convocar sesión extraordinaria urgente del Pleno en el día 27 de JUNIO de 2018, a las 13.30 horas. La urgencia deriva del hecho la necesidad de adopción de acuerdo en cumplimiento de la Orden de 15 de diciembre del 2017, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

SEGUNDO. Que el Secretario lleve a cabo los trámites legales oportunos para la convocatoria y notificación de los miembros de la Corporación.

TERCERO. Fijar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

PRIMERO. PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO SOBRE LA URGENCIA DE LA SESIÓN.

SEGUNDO. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE SOLICITUD DE SUBVENCION CON DESTINO A MEJORA DE CAMINOS RURALES AL AMPARO DE LA ORDEN 15 DE DICIEMBRE DE 2017, POR LAS QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES DENTRO DEL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCIA 2014-2020 (SUBMEDIDA 4.3)Y ACEPTACION DE PROPUESTA PROVISIONAL

Santa Elena a 25 de junio del 2018

ALCALDE PRESIDENTE Ante mí la Secretaria
Fdo Juan Caminero Bernal                             Fdo Ana Isabel Moreno

Grabación del Pleno
Actas

jueves, 21 de junio de 2018

Admisión a trámite Proyecto de Actuación.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que por D. Manuel y Francisco Mondéjar Ramírez, se ha presentado Proyecto de Actuación, para la realización en suelo no urbanizable de “Alojamiento Rural y Turismo de Estrellas en parcela 6, del Polígono 31, de Santa Elena”, redactado por el Arquitecto D. Ricardo Figueroa Barragán, siendo admitido a trámite por acuerdo, adoptado en sesión plenaria de fecha 31 de mayo del 2018.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía se hace público con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, para los que pudieran resultar afectados de algún modo por la instalación que se pretende, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo.
   Lo que se hace público para general conocimiento.
   Santa Elena, a 01 de Junio de 2018.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.          BOP Nº 118 21/06/2018

Aprobación Proyecto de Actuación.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que la Corporación reunida en sesión plenaria celebrada el día 31 de mayo del 2018, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación “Zona de Acampada Controlada en el Paraje de “Las Correderas” Parque Natural de Despeñaperros, de Santa Elena (Jaén), promovido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 del apartado f) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público para general conocimiento. 
   Santa Elena, a 01 de Junio de 2018.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL                                     BOP Nº 118 21/06/2018

Admisión a trámite Proyecto de Actuación.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

    Que por Telxius Torres España, S.L., se ha presentado Proyecto de Actuación, comprensivo de las actuaciones destinadas a “Instalación de Estación Base de Telefonía Móvil”, con emplazamiento en la Autovía A-4, P.K. 262, Polígono 25, Parcela 5 (Venta Nueva), termino municipal de Santa Elena”, redactado por el Ingeniero Técnico D. José Antonio Muriel Díaz, siendo admitido a trámite por acuerdo, adoptado en sesión plenaria de fecha 31 de mayo del 2018.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía se hace público con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, para los que pudieran resultar afectados de algún modo por la instalación que se pretende, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo.
   Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, a 01 de Junio de 2018.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                   BOP Nº 118 21/06/2018

martes, 12 de junio de 2018

Banco de Alimentos de Santa Elena Cruz Roja

BASES BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA. CRUZ ROJA

OBJETO DEL BANCO DE ALIMENTOS:
Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de ayudas a familias que se encuentren en situación de precariedad económica, para la entrega de alimentos y productos básicos, y garantizar la cobertura de unos mínimos de subsistencia de su unidad familiar.
Constituye una medida excepcional y urgente ante situaciones carencias de gran necesidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS:
Serán destinatarias de estos lotes de alimentos y productos básicos las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados a continuación, y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.

REQUISITOS DE ACCESO:
- Estar empadronado/da en el Ayuntamiento de Santa Elena con fecha anterior a la publicación de estas bases y ser residente en el mismo municipio.
- Carecer de ingresos que garanticen la cobertura de las necesidades básicas del/la solicitante y de las personas que de él/ella dependen según el baremo establecido.
- Tener hijos/as menores a cargo o hijos/as mayores que no dispongan de ingresos propios y que dependan económicamente del/a solicitante.
- Los cónyuges sin hijos a cargo y que carezcan de otro tipo de ayudas y tengan más de 55 años.
- Acreditar que no son perceptores de alimentos ni por parte de Cruz Roja ni de Cáritas, salvo que su extrema necesidad aconseje también la ayuda municipal.

DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia del D.N.I. de los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de convivencia del Ayuntamiento.
- Certificado del SAE que acredite la situación de desempleo o si percibe alguna prestación.
- Certificado de la Seguridad Social que acredite si el/la solicitante o algún miembro de la familia es beneficiario/a de alguna pensión, prestación y su cuantía.
- Declaración responsable de que no perciben alimentos ni por parte Cruz, Roja, Cáritas o cualquier otra asociación u organismo (en la misma solicitud).
- Declaración jurada de ingresos (en la misma solicitud).

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 10 días naturales  a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. (13/06/2018 hasta 26/06/2018 ambos inclusive).
Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General, para su tramitación y resolución.

CRITERIOS DE VALORACIÓN:  
Número de miembros de la unidad familiar.
Ingresos familiares.
El límite de ingresos para acceder al Banco de alimentos, se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar. El baremo queda estipulado según la tabla (equiparada al límite de ingresos en función de las personas que convivan, según Ingreso Mínimo de Solidaridad de la Junta de Andalucía para el año 2017.

INGRESOS DE SOLIDARIDAD SEGÚN MIEMBROS:

                                                              MENSUAL                 SEMESTRAL 
Unidad Familiar unipersonal               406,22 €                  2.437,32 €
Unidad familiar de 2 miembros           458,064€                 2.751,84 €   
Unidad Familiar de 3 miembros           511,06 €                 3.066,36 €
Unidad Familiar de 4 miembros             563,48 €               3.380,88 €
Unidad Familiar de 5 miembros            615,90 €                3.695,40 €
Unidad Familiar de 6 ó más miembros   655,20 €              3.931,20 €

En situaciones especiales, se tendrá en cuenta la valoración profesional reflejada a través del informe social, del que quedará constancia en el expediente relativo a la solicitud.

ENTREGA DE LOTES:
El Ayuntamiento de Santa Elena  entregará directamente a cada unidad familiar beneficiaria del banco de alimentos, un lote de alimentos y productos básicos, durante toda la vigencia de las presentes ayudas, que se fija en seis meses y extraordinariamente y ante una situación de emergencia y previo informe de la Trabajadora Social, los alimentos que puntualmente palíen dicha situación extraordinaria.

REVOCACIÓN:
Serán causas de revocación de la concesión de estos lotes:
- El falseamiento u ocultación de los datos y documentos necesarios para su otorgamiento.
- La utilización de estos lotes con otros fines que no sean los propios para los que se concedieron.
- En general cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas en estas bases.
- La revocación dará lugar a la suspensión de la ayuda y a la restitución de lo percibido indebidamente.

Santa Elena a 12 de Junio de 2018
Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 11 de junio de 2018

Bases Oferta empleo "Mas que un Juego"

Este Ayuntamiento tiene la necesidad de iniciar los trámites tendentes a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desarrollo de actuaciones en calidad de director (27 junio-31 de agosto) y monitor ((1 de julio a 31 de agosto) de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto). 
 Por considerar el Ayuntamiento, esencial la prestación de actividad cultural y ocupación del tiempo libre en el ámbito municipal de Santa Elena, para cuyo funcionamiento resulta imprescindible la provisión de dichos puestos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 25. 1. de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por Ley 27/2013 de 27 de diciembre, que atribuye al El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, la promoción de actividades y prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras la prevista en el apartado “m) Actividades e instalaciones culturales y deportivas y de ocupación del tiempo libre. “ 

   Visto el informe de Secretaría emitido en fecha 6 de junio del 2018, por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, y vista la necesidad de proceder a la contratación de un director (27 de junio a 31 de agosto), y monitores de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto), en régimen de personal laboral temporal.

   Visto el informe de secretaria que señala que el artículo 21.2 de la Ley   48/2015, de 29 de Octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. , que determina “durante el año 2016, no se procederá s la contratación de personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de 

   Vista la necesidad de proceder con urgencia y sin demora a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desempeño del puesto de  Director y Monitor Escuela de Verano “Mas que un Juego” y monitor Programa Provincial de Igualdad, así como,  Monitor Programa Provincial de Juventud.
   De conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO

PRIMERO. Aprobar ofertas de empleo público y remitirla al Servicio Andaluz de Empleo.

 SEGUNDO: Los requisitos exigidos para el acceso a las plazas convocadas son:

A) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Los extranjeros con residencia legal en España podrán ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los españoles.

B) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 

C) Para el puesto de Director/a Programa de Intervención Social Comunitaria  con Infancia y Familia (“Mas que un  Juego”): Estar en posesión del Título de Grado Universitario en Trabajo Social, Magisterio ó Psicología.   

D) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Juventud: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio,  técnico superior de integración social ó  Licenciado en Psicología. 

E) Para el puesto de Técnico/a  Plan Provincial de Igualdad: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Trabajo Social ó  Licenciado en Psicología. 

F)Para el puesto de Monitor/a: Estar en posesión del Título de Ciclo Formativo de  Grado Medio de F.P ó Bachiller. 
El proceso de selección se realizará, mediante la valoración entre los candidatos resultantes de las ofertas de empleo público, mediante la valoración de: 
  
PUESTO DE  DIRECTOR/A 

   1   - Formación académica complementaria:
Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, violencia de genero… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

  2   - Situación de inactividad laboral en el Ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección. 

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados. 

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.
 Puntuación máxima: 3 puntos

   La baremación máxima será de 13 puntos.

PUESTO DE TECNICOS/AS:
  1 - Formación académica complementaria:
Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, violencia de genero… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

2   - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”. 

En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una   valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

   A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.
 Puntuación máxima: 3 puntos

La baremación máxima será de 13 puntos.

PUESTO DE MONITOR/A:

  -      Formación académica complementaria:
. Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, Infancia… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.
   - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al  Programa Escuela Verano “Mas que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela Verano “Mas que un Juego; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela Verano “Mas que un Juego; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela Verano “Mas que un Juego”.

En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una   valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

     A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.
 Puntuación máxima: 3 puntos

   La Comisión de Valoración que se constituya al efecto, tendrá como función la baremación de las solicitudes presentadas así como resolver las situaciones de empate en los casos descritos en la base décimo primera de las presentes Bases. La Comisión tendrá la condición de comisión no permanente.

Estará compuesta por:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocales:
-  Tres empleados del Ayuntamiento de Santa Elena, a designar por la Alcaldía.
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Popular (con voz pero sin voto).
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Socialista (con voz pero sin voto).

Secretario:
- El del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

La Comisión de Valoración, para su válida constitución, deberá contar con la asistencia del Presidente, del Secretario y de al menos dos de sus vocales. Asimismo, la citada Comisión podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para la valoración de las solicitudes, actuando con voz pero sin voto.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa vigente, asimismo podrán ser recusados por los aspirantes en la forma y casos que determina la normativa vigente.

La documentación acreditativa de los méritos deberán presentarla en el plazo de tres días, a partir de la recepción de la comunicación de los candidatos por el servicio andaluz de empleo.

Santa Elena a 11 de junio del 2018.  

     Alcalde Presidente            Ante mí la secretaria
Fdo. Juan Caminero Bernal Fdo. Ana Isabel Moreno García

viernes, 8 de junio de 2018

Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por utilización de edificios municipales.

    El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de Mayo de 2018, acordó la aprobación de la modificación provisional de la Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la Utilización de Edificios Municipales. 
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, durante dicho plazo los interesados puedan examinar el expediente en las dependencias municipales y presentar las alegaciones que estimen pertinentes. 
   Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Jaén, a 01 de Junio de 2018.- 
El Alcalde, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

miércoles, 6 de junio de 2018

Aprobación inicial Cuenta General 2017.

Don Juan Caminero Bernal Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena:

Hace saber:
   “En la Intervención de esta Corporación, y a los efectos del artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se halla de manifiesto la Cuenta General del Presupuesto del 2017 aprobada por la Comisión Informativa de Cuentas, Economía y Hacienda, en sesión celebrada el día 31 de mayo del 2018, para su examen y formulación, por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan.       
   La citada Cuenta está integrada por:
- La del Ayuntamiento
   Para la impugnación de las Cuentas se observará:
a) Plazo de exposición: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.
c) Oficina de presentación: Ayuntamiento.
d) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.”

   Lo que se hace público para general conocimiento.
   Santa Elena, a 31 de Mayo de 2018.- 
El Alcalde-Presidente, JUAN CAMINERO BERNAL.         BOP Nº 108   06/06/2018

lunes, 4 de junio de 2018

Programa "Mas Que un Juego"

DON JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER:
     Se prepara la nueva edición del Programa "Mas Que un Juego" que el Ayuntamiento de Santa Elena y la Diputación Provincial, vienen organizando durante los meses de verano para que los niños de entre 6 y 16 años, puedan disfrutar durante las vacaciones de numerosas actividades y juegos, repartidas entre el día 1 de Julio al 31 de Agosto.   
       El periodo de inscripción estará abierto desde el día 12 al 26 de Junio, en el Ayuntamiento de Santa Elena donde se encuentran disponibles las solicitudes que se deben presentar en el registro del mismo.  
Santa Elena, a 4 de Junio de 2018

Fdo. Juan Caminero Bernal
Alcalde-Presidente