Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).
Hacer saber:
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de
exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario
de aprobación inicial del Ayuntamiento de Santa Elena adoptado en fecha 19 de diciembre
del 2019, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de
función (programas) que se hace público resumido por capítulos:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria Descripción Euros
3380 22609 Actividades Culturales y Deportivas 15400,00
2210 16209 Ayudas sociales 1000,00
TOTAL 16400,00
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria Descripción Euros
1532 61901 Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes
destinadas al uso general 16400,00
TOTAL 16400,00
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso - administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin
perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
El Alcalde-Presidente,
RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.
BOP Nº 19 29/01/2020