lunes, 31 de julio de 2017

Admisión a trámite Proyecto de actuación.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
  “Que con fecha 24 de noviembre del 2016, se presenta en el Ayuntamiento, Proyecto de Actuación comprensivo de las actuaciones destinadas a “Instalaciones de testado de Lince Ibérico e Instalaciones anejas” con emplazamiento en Monte Público La Aliseda, promovido por Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio redactado por técnico Manuel Ángel Gómez Viveros.
  Dicho Proyecto de Actuación es admitido a trámite por acuerdo, adoptado en sesión plenaria de fecha 10 de julio del 2017.
   Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía se hace público con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, para los que pudieran resultar afectados de algún modo por la instalación que se pretende, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto.
   El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo.”

Santa Elena, a 11 de Julio de 2017.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.                                                  BOP Nº 145  21/07/2017

Modificación Reglamento de Honores y Distinciones.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente, del Ayuntamiento de Santa Elena.

Hace saber:
   “Que el Pleno municipal, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 10 de julio del 2017, adoptó, acuerdos de modificación del siguiente Reglamento:
- Reglamento de Honores y Distinciones
   Dichos expediente se someten a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. 
   En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.”
.
Santa Elena, a 11 de Julio de 2017.- 
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

Aprobación inicial Ordenanza municipal reguladora de la instalación de veladores y terrazas.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena.

Hace saber:
  “El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de julio del 2017, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza reguladora del de la Instalación de Veladores y Terrazas en vías públicas en el término municipal de Santa Elena.
   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.”
   Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Santa Elena, a 11 de Julio de 2017.-
El Alcalde-Presidente, 
JUAN CAMINERO BERNAL.

viernes, 21 de julio de 2017

Canon de Depuración

    Se pone en conocimiento de todos los vecinos del término municipal que  con  motivo de la aplicación de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, modificada por la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal, cuyo articulado recoge la figura tributaria del canón de mejora de  infraestructuras hidráulicas de depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma, con carácter progresivo en los usos domésticos, partiendo de un mínimo exento por vivienda para no gravar las necesidades más básicas, pretendiendo con ello desincentivar y penalizar los usos que no responden al principio de utilización racional y solidaria, fomentándose así el ahorro del agua. Para la operatividad de dicho  canon esta Ley tiene en cuenta el número de personas por vivienda, introduciendo incrementos en los tramos de consumo que garantizan la equidad en el gravamen. 
Las características de dicho canon son las siguientes:

Naturaleza y afectación
Ingreso propio de naturaleza tributaria, afectado a la financiación de las infraestructuras hidráulicas de depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma.

Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible del canon la disponibilidad y el uso urbano del agua potable de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas.

Sujetos pasivos
Son sujetos pasivos a titulo de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, usuarias del agua de las redes de abastecimiento.
Son sujetos pasivos, sustitutos del contribuyente, las entidades suministradoras.
  
Base Imponible
El volumen de agua facturado por las entidades suministradoras durante el periodo impositivo expresado en metros cúbicos.
En el supuesto de pérdidas de agua en las redes de abastecimiento, será la diferencia entre el volumen suministrado en alta a la entidad suministradora y el volumen facturado por la misma, expresado en metros cúbicos.

Cuota integra
El resultado de sumar la cuota variable por consumo y, en su caso, la cuota fija por disponibilidad. 
Cuota fija Para usos domésticos: un euro al mes por usuario.

Cuota variable
La cuota variable resultará de aplicar a la base liquidable, una vez deducidos dos metros cúbicos por vivienda y mes como mínimo exento, la tarifa progresiva por tramos establecida en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, modificada por la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal, 

Repercusión
La entidad suministradora (Ayuntamiento), deberá repercutir íntegramente el importe del canon sobre el contribuyente, que queda obligado a soportarlo. 
En base a los antecedentes expuestos, los recibos municipales de agua y basura, quedarán grabados con el correspondiente canon de depuración de mejora de infraestructura hidráulica de la Junta de Andalucía.

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA GENERAL CONOCMIENTO
Santa Elena a   de 21 de julio del 2017

ALCALDE PRESIDENTE


miércoles, 19 de julio de 2017

Subasta Bar Caseta Municipal

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

   HACE SABER: Que el próximo  día 28 de Julio a las 13 horas, tendrá lugar en el Salón de Actos de este Ayuntamiento la subasta del bar a instalar en la Caseta Municipal con motivo de las Fiestas Patronales de este año.

   BAR CASETA MUNICIPAL: Tipo de adjudicación 1.200€. El que resulte adjudicatario vendrá obligado a depositar una fianza del 10% de la cantidad por la que se le adjudique, instalar como mínimo 100 mesas y 400 sillas; colocar en lugares visibles carteles anunciadores de precios y ofrecer un servicio adecuado del 17 al 20. El montaje de la barra irá por cuenta del adjudicatario.
   Los tipos de adjudicaciones podrán ser mejorados al alza por los licitadores.
   Los pliegos para las subastas se presentarán en sobres cerrados durante la media hora siguiente al comienzo de las mismas, debiendo figurar en el sobre "Subasta Caseta Municipal" y el nombre del licitador..
   Los licitadores aceptan íntegramente las condiciones expresadas en el presente Edicto y deberán abonar la fianza, el mismo día de la celebración de la subasta o el siguiente hábil.
   Los que resulten adjudicatarios efectuarán el pago total de la cantidad que resulte el día 19 de Agosto. Una vez finalizadas las fiestas, las instalaciones deben quedar completamente limpias.

   Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.
Santa Elena, a 19 de Julio de 2017

EL ALCALDE-PRESIDENTE 
Fdo. Juan Caminero Bernal


sábado, 15 de julio de 2017

Subvención Adecuación Lineas y CT Bombeo

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

HACE SABER.:
 Con fecha 7 de julio del 2017, se ha dictado Resolución definitiva núm. 4869 por la Diputada Delegada de Economía y Haciendas de la Excma Diputación Provincial, concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención con destino “ADECUACION LINEAS Y CT PARA CESIÓN DISTRIBUCION SUMINISTRO ELÉCTRICO BOMBEO “por importe de 4.045,99€.
   Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento la Resolución de la convocatoria.

Santa Elena a 15 de julio del 2017
ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Juan Caminero Bernal

viernes, 14 de julio de 2017

Publicación periodo de cobranza del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   Según escrito remitido por la Agencia Tributaria en relación con los recibos del Impuesto de Actividades Económicas correspondientes a 2017 y cuando se trate de cuotas nacionales y provinciales cuya gestión recaudatoria corresponde a la Administración Tributaria del Estado. 
Plazo para efectuar el ingreso:
Del 15 de Septiembre hasta el 20 de Noviembre de 2017.
Lugar de Pago:
A través de las Entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de crédito) en las que no es preciso que el obligado al pago disponga de cuenta abierta.
   Así mismo el pago de las cuotas nacionales y provinciales podrá se realizado mediante adeudo en cuenta a través de Internet en la dirección www.agenciatributaria.es en la opción:
   Sede Electrónica, Trámites destacados. Pagos impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Tributaria de Administración Tributaria.
   El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determina el inicio del periodo ejecutivo y el devengo de intereses de demora y recargos previstos en los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, a 10 de Julio de 2017.-
 El Alcalde, JUAN CAMINERO BERNAL.                            BOP Nº 134 14/07/2017

miércoles, 12 de julio de 2017

Aprobación definitiva de modificación de créditos núm. 2/2017.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).
Hace saber:

   En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 29 de mayo del 2017, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 2/2016, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:
   El importe aplicable a amortizar deuda será 53.465,65 euros.
   El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación
Presupuestaria         N.º                            Descripción                                             Euros           
    011           911.02           Amortización parcial préstamo 
                                           refinanciado proveedores  RDL4/2012                       53.465,65

                                                                                              TOTAL GASTOS
   
   Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso - administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
   Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Jaén, a 04 de Julio de 2017.- 
El Alcalde, JUAN CAMINERO BERNAL.                          BOP Nº 132  12/07/2017

martes, 11 de julio de 2017

Actividades para niños de 3 a 6 años

D. Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén)

Hace Saber:
Que este Ayuntamiento ante la gran demanda de los vecinos para que niños de 3 a 6 años en estos meses de verano, dispongan de un lugar de juegos, se va a habilitar el gimnasio municipal.
El coste por niño será de 10 euros, en horario de mañana de 10:00 a 13:00 h.
Todos las personas interesadas deberán inscribirse en el Ayuntamiento en horario de 9:00 a 14:00 oficina de la Policía Local, hasta el día 14 de Julio de 2017.
El inicio de actividades será a partir del lunes 17 de Julio.
Santa Elena, 10 de Julio de 2017.
El Alcalde
Fdo. Juan Caminero Bernal

jueves, 6 de julio de 2017

Aprobación del Padrón de suministro de Agua y Residuos sólidos urbanos 3B/2017

DON JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (Jaén).-

Hace Saber.:
Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 30 de Junio de 2017, los padrones  y listas cobratorias de la tasa del  suministro de Agua Potable  y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, correspondientes a los meses de Mayo y Junio 2017. A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el B.O.P. de Jaén y Tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada Resolución de Alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva Resolución de Alcaldía.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,  por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del  suministro de Agua Potable  y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, correspondientes a los meses de Mayo y Junio de 2017,  en :

Plazo de Ingreso: del  3 de Julio de 2017 a  el 31 de Agosto de 2017.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de Septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

Lo que se hace  saber para general conocimiento.
                          Santa Elena, 30 de Junio de 2017
                 EL ALCALDE-PRESIDENTE

                              Fdo. Juan Caminero Bernal


miércoles, 5 de julio de 2017

Aprobación definitiva del Reglamento de Honores y Distinciones.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 de Abril de Bases de Régimen Local, una vez transcurrido el plazo de exposición del acuerdo sobre Aprobación inicial del Reglamento municipal Honores y Distinciones del Ayuntamiento Pleno, de fecha 23 de Febrero de 2017, aparecido en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia núm. 48, de fecha 13 de Marzo de 2.017, no habiéndose presentado reclamaciones se entiende definitivo, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso - administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicho jurisdicción.

A continuación se inserta, acuerdo definitivo y el texto integro de dicho Reglamento:  (clic para descargar el texto completo)

martes, 4 de julio de 2017

Pleno Ordinario

D. JUAN CAMINERO BERNAL,  ALCALDE-PRESIDENTE DEL  AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

Primero: Convocar sesión plenaria  Extraordinaria   a celebrar el día 10  de Julio  de 2017, a las 09’30  horas, con el siguiente  orden del día:

1º.- Aprobación del  Acta de las sesión anterior.
2.- Convocatoria de subvenciones a proyectos en el marco del programa operativo Ceder 2014-2020. Acuerdos a adoptar.
3º.- Declaración Tradicionalidad Festejos Taurinos.
4º.- Acuerdo Festejos Taurinos 2017.
5º.- Cuenta General 2016.
6º.-Modificación del Reglamento de Honores y Distinciones.
7º.- Información sobre las incidencias acaecidas en el suministro de agua potable.
8º.- Ordenanza municipal de Ocupación de la Vía Pública.
9º.- Admisión a trámite Proyecto de Actuación para instalaciones de testado del Lince Ibérico.

Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión  Extraordinaria,  el próximo día 10 de Julio   del 2017, a las 09’30 horas. 

Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.     
     
                                                              Santa Elena, 4  de  Julio   2017
LA SECRETARIA               
Fdo. Ana Isabel Moreno García