viernes, 31 de diciembre de 2004

Aprobación Definitiva de Ordenanzas

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

Hace Saber: Que en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 30 de Diciembre de 2004, Nº 299, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que publicado el acuerdo provisional adoptado en sesión plenaria de fecha 8 de Noviembre de 2004, del expediente de modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de los Impuestos sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y de las Ordenanzas Fiscales de la Tasas por el servicio de Alcantarillado, en el Boletín Oficial de la Provincia Nº264 de fecha 16 de Noviembre, sin que se hayan presentado reclamaciones, dicho acuerdo ha quedado elevado automáticamente a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
A continuación se transcribe el acuerdo de aprobación provisional elevado a definitivo.
Pleno de 8 de Noviembre de 2004.
"El Pleno de la Corporación vistos los informes jurídicos emitidos al efecto obrantes en el expediente, el estudio técnico económico tramitado al efecto de lo dispuesto en el artículo 24.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, visto el dictamen favorable de la Comisión Especial de Economía y Hacienda y considerando viable la propuesta de modificación de las ordenanzas reguladoras de los impuestos que se detallan así como la ordenanza fiscal reguladora de la prestación del servicio de alcantarillado se acuerda por seis votos a favor y una abstención de Don Francisco Martínez Romero que representan el voto favorable de la mayoría absoluta de conformidad con lo establecido en el artículo 47 H de la Ley 7/83 reguladora de Bases de Régimen Local modificada por Ley 11/99.
PRIMERO: Adoptar acuerdo de aprobación provisional de modificación de las ordenanzas reguladoras del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Alcantarillado, afectando dichas modificaciones a los artículos que se detallan relativos a las cuotas tributarias, quedando redactados en la forma siguiente:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
"Artículo 2º.- Cuota Tributaria: El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes de Naturaleza Urbana aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en un 0,5
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica:
"Artículo 1º.- Cuota Tributaria: El impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
CLASE Y POTENCIA DEL VEHÍCULO TURISMO
Menos de 8 CF 17,04
de 8 a 11,99 CF 46,01
de 12 a 15,99 CF 97,12
de 16 a 19,99 CF 120,97
de mas de 20 CF 151,20
AUTOBUSES
Menos de 21 plazas 112,46
de 21 a 50 plazas 160,16
de mas de 50 plazas 200,21
CAMIONES
Menos de 1000 Kg carga útil 57,08
de 1000 a 2999 Kg 112,46
de 2999 a 9999 Kg 160,16
de mas de 9999 Kg 200,21
CICLOMOTORES
Hasta 125 cc 5,97
mas de 125 hasta 250 cc 10,22
mas de 250 hasta 500 cc 20,45
mas de 500 hasta 1000 cc 40,80
mas de 1000 cc 81,78
TRACTORES
Menos de 16 CF 23,85
de 16 a 25 CF 37,49
mas de 25 CF 112,46
REMOLQUES
Menos de 1000 Kg y mas de 750
Kg carga útil 23,85
de 1000 a 2999 Kg carga útil 37,49
mas de 2999 Kg 112,46
Tasa por la prestación del servicio de Alcantarillado:
"Artículo 5.- Cuota Tributaria:
La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio de alcantarillado se determinará en función del valor catastral de las viviendas o locales, que figure en el Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y será la resultante de aplicar el 0,19 del valor catastral.
Para aquellas edificaciones que en el momento del devengo no se encuentren en el citado Padrón , por tratarse de construcciones nuevas u otros motivos, se liquidará con arreglo al valor de la misma que figure en el proyecto de ejecución utilizado en la liquidación del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras.
En los casos en que ello no sea posible, se fijará una cuota anual de 26,64, hasta tanto queden incluidas en el Padrón de Urbana.
SEGUNDO: Exposición del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERA. Finalizado el periodo de exposición pública esta Corporación adoptará acuerdo definitivo resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la modificación de las ordenanzas mencionadas. En caso de que no se hubiesen presentado reclamaciones se entenderá definitivamente aprobada la ordenanza y el acuerdo hasta entonces provisional sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
CUARTA: Publicación del acuerdo definitivo o en su caso del provisional elevado automáticamente a definitivo y el texto integro de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia.
QUINTA: Dar traslado del presente acuerdo a la Diputación Provincial de Jaén".
Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que aparezca este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia con carácter potestativo o alternativamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Organo Jurisdiccional que señala la LJCA de 13 de Julio de 1998.
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO
Santa Elena, a 31 de Diciembre de 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

jueves, 30 de diciembre de 2004

Solicitud de Licencia de Obras

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

Hace Saber:
"Que por D. Asensio Galán Cejudo se ha solicitado Licencia de Obras con destino a realización de cinco bandas sonoras en el camino paralelo al Camping, en el tramo que va desde el comienzo del camino hasta la puerta de emergencias del Camping, similar a las bandas que se encuentran en el carril al paso por la finca Las Nogueras."
Lo que se hace público para que durante el plazo de 15 días naturales, se presente posibles reclamaciones que se estimen oportunas, al afectar al lugar donde se pretende ubicar a varios interesados.
El plazo finalizará el día 15 de Enero de 2005.
Santa Elena, 30 de Diciembre de 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

miércoles, 29 de diciembre de 2004

Anuncio Suplemento de Crédito

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 27 de Diciembre de 2004 Nº 297 figura publicado el anuncio cuyo tenor literal es el siguiente:
“En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Santa Elena adoptado en fecha 8 de Noviembre del 2004, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente liquido de tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

Altas en Partidas de Gastos
Partida – Funcional 3 – Económica 160,00
Descripción – Seguridad Social
Euros – 11503,79
Total Gastos – 11503,79

Dichos gastos se financian de conformidad con el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como con los artículos 36.1a) y 51b) del Real Decreto 500/1990, con cargo al remanente liquido de tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del citado Real Decreto.

Altas en Partidas de Ingresos
Partida – Económica – Cap. Art. Concepto – 870.01
Nº 1
Descripción – Aplicación para la financiación de suplementos de crédito
Euros – 11503,79
Total Gastos – 11503,79

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.”
El presente edicto se expone al público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento para su conocimiento.
Santa Elena, a 29 de Diciembre de 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

sábado, 25 de diciembre de 2004

Anuncio Rehabilitación Cortijo

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 24 de Diciembre de 2004, Nº 295, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal es el siguiente:
"Que la Corporación reunida en sesión plenaria celebrada el día 30 de noviembre del 2004, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación promovido por el Ayuntamiento de Santa Elena que contempla la descripción de las obra de "Rehabilitación del cortijo y adaptación de casa rural en Parque Natural de Despeñaperros en finca Collado de los Jardines"
Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 aparado f) de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanistica de Andalucía se hace público.
Lo que se hace público para general conocimiento.
El presente edicto se expondrá en el Tabló de Anuncios del Ayuntamiento para su general conocimiento.
Santa Elena, a 25 de Diciembre de 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

sábado, 18 de diciembre de 2004

Anuncio proyecto actuacion

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia Nº 289 de fecha 17 de Diciembre del 2004, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal es el siguiente:
“Que José Felix Almagro Lozano, en representación del Departamento Amena de Construcción de Retevisión Móvil, se ha presentado proyecto de actuación que contempla la descripción de las obras “Instalación de Estación Base para Telefonía Móvil de la Red BBSS-UTRAN NIV Madrid P.K. 162 Santa Elena Jaén”, siendo admitido a trámite por resolución de Alcaldía de fecha 19 de Noviembre de 2004.
Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto, para los que pudieran resultar afectados de algún modo por la construcción que se pretende, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto.
El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por el mismo espacio de tiempo.”
Lo que se hace público para general conocimiento a través de su fijación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
El plazo finalizará el día 12 de enero del 2005
Santa Elena, a 18 de diciembre del 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

viernes, 3 de diciembre de 2004

Plazas para sustituciones

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

Hace Saber:
Que se abre una bolsa de trabajo para cubrir dos plazas para sustituciones en el Centro de Visitantes "Puerta de Andalucía" de Santa Elena.
Los interesados deberán presentar su curriculum en este Ayuntamiento en horario de oficina de 9:00a 14:00 horas. El plazo finalizará el próximo día 10 de Diciembre del presente año.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, 3 de Diciembre de 2004

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana