viernes, 24 de febrero de 2017

Banco Alimentos Cruz Roja

BASES BANCO DE ALIMENTOS DE SANTA ELENA. CRUZ ROJA

OBJETO DEL BANCO DE ALIMENTOS:
Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de ayudas a familias que se encuentren en situación de precariedad económica, para la entrega de alimentos y productos básicos, y garantizar la cobertura de unos mínimos de subsistencia de su unidad familiar.
Constituye una medida excepcional y urgente ante situaciones carencias de gran necesidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS:
Serán destinatarias de estos lotes de alimentos y productos básicos las familias que se encuentren en una situación de necesidad y que acrediten el cumplimiento de los requisitos enumerados a continuación, y que se determinen como beneficiarios por resolución del órgano competente.

REQUISITOS DE ACCESO:
- Estar empadronado/da en el Ayuntamiento de Santa Elena con fecha anterior a la publicación de estas bases y ser residente en el mismo municipio.
- Carecer de ingresos que garanticen la cobertura de las necesidades básicas del/la solicitante y de las personas que de él/ella dependen según el baremo establecido.
- Tener hijos/as menores a cargo o hijos/as mayores que no dispongan de ingresos propios y que dependan económicamente del/a solicitante.
- Los cónyuges sin hijos a cargo y que carezcan de otro tipo de ayudas y tengan más de 55 años.
- Acreditar que no son perceptores de alimentos ni por parte de Cruz Roja ni de Cáritas, salvo que su extrema necesidad aconseje también la ayuda municipal.

DOCUMENTACIÓN:
- Fotocopia del D.N.I. de los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del libro de familia.
- Certificado de convivencia del Ayuntamiento.
- Certificado del SAE que acredite la situación de desempleo o si percibe alguna prestación.
- Certificado de la Seguridad Social que acredite si el/la solicitante o algún miembro de la familia es beneficiario/a de alguna pensión, prestación y su cuantía.
- Declaración responsable de que no perciben alimentos ni por parte Cruz, Roja, Cáritas o cualquier otra asociación u organismo (en la misma solicitud).
- Declaración jurada de ingresos (en la misma solicitud).

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 10 días naturales  a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. (01/03/2017 hasta 10/03/2017 ambos inclusive).
Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General, para su tramitación y resolución.

CRITERIOS DE VALORACIÓN:  
Número de miembros de la unidad familiar.
Ingresos familiares.
El límite de ingresos para acceder al Banco de alimentos, se determinará en función del número de miembros de la unidad familiar. El baremo queda estipulado según la tabla (equiparada al límite de ingresos en función de las personas que convivan, según Ingreso Mínimo de Solidaridad de la Junta de Andalucía para el año 2016.

INGRESOS DE SOLIDARIDAD SEGÚN MIEMBROS:

                                                              MENSUAL                 SEMESTRAL 
Unidad Familiar unipersonal               406,22 €                  2.437,32 €

Unidad familiar de 2 miembros           458,064€                  2.751,84 €
   
Unidad Familiar de 3 miembros           511,06 €                3.066,36 €

Unidad Familiar de 4 miembros             563,48 €               3.380,88 €

Unidad Familiar de 5 miembros            615,90 €              3.695,40 €

Unidad Familiar de 6 ó más miembros   655,20 €                 3.931,20 €

En situaciones especiales, se tendrá en cuenta la valoración profesional reflejada a través del informe social, del que quedará constancia en el expediente relativo a la solicitud.

ENTREGA DE LOTES:
El Ayuntamiento de Santa Elena  entregará directamente a cada unidad familiar beneficiaria del banco de alimentos, un lote de alimentos y productos básicos, durante toda la vigencia de las presentes ayudas, que se fija en seis meses y extraordinariamente y ante una situación de emergencia y previo informe de la Trabajadora Social, los alimentos que puntualmente palíen dicha situación extraordinaria.

REVOCACIÓN:
Serán causas de revocación de la concesión de estos lotes:
- El falseamiento u ocultación de los datos y documentos necesarios para su otorgamiento.
- La utilización de estos lotes con otros fines que no sean los propios para los que se concedieron.
- En general cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas en estas bases.
- La revocación dará lugar a la suspensión de la ayuda y a la restitución de lo percibido indebidamente.

Santa Elena a 24 de Febrero de 2017
Fdo. Juan Caminero Bernal

Aprobado inicialmente el Proyecto Rehabilitación Plazas.

   Aprobado inicialmente el proyecto de obras para Rehabilitación Integral Plaza de los Concejales y Plaza de la Libertad incluidas en el Plan Provincial de Cooperación de Obras y Servicios de la Diputación Provincial 2016, por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de febrero del 2017, se somete a información pública por el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL dela Provincia.
   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Santa Elena, a 14 de Febrero de 2017.- 
El Alcalde, JUAN CAMINERO BERNAL.

Aprobado inicialmente el proyecto Reasfaltado viales

   Aprobado inicialmente el proyecto de obras para “Reasfaltado de varios viales municipales” incluidas en el Plan Provincial de Cooperación de Obras y Servicios de la Diputación Provincial 2016, por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de febrero del 2017, se somete a información pública por el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL dela Provincia. 
   Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Santa Elena, a 14 de Febrero de 2017.- 
El Alcalde, JUAN CAMINERO BERNAL.

jueves, 23 de febrero de 2017

Subvencion Area Igualdad y Bienestar Social

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

HACE SABER.:
 Con fecha 13 de octubre del 2016, se ha dictado Resolución definitiva núm. 1034 por la Diputada Delegada del Area de Igualdad y Bienestar Social, de la Excma Diputación Provincial, de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2016, DEL AREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL  PARA 2016 A AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención con destino a  las siguientes líneas:
- Ejecución del II Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la Provincia de Jaén 2012-2015.: 1.600,00€
- Ejecución del I Plan Provincial de Juventud de la Provincia de Jaén 2012-2015.: 1.600,00€
- Intervención Social Comunitaria con Infancia y Familia: 6.506,50€.
- Mantenimiento de Centros  de Día Municipales para personas Mayores: 605,59€
- Reparación y Conservación de Dependencias Municipales de las Unidades de Trabajo Social: 2.097,49€
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2016, DEL AREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL  PARA 2016 A AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES 

  Santa Elena a 14 de octubre del 2016
ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 20 de febrero de 2017

Pleno Ordinario

D. JUAN CAMINERO BERNAL,  ALCALDE-PRESIDENTE DEL  AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

Primero: Convocar sesión plenaria  Ordinaria   a celebrar el día 23  de Febrero  de 2017, a las 10’00  horas, con el siguiente  orden del día:

1º.- Aprobación del  Acta de las sesión anterior.
2º.- Control y Fiscalización de los órganos de gobierno: Resoluciones, Mociones, Decretos, Ruegos y Preguntas.
3º.-  Dación Cuenta Informe sobre Resolución de discrepancias relacionadas con el art. 218 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo modificado por ley 27/2013 de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
4º.- Licencias de obras.
5º.- Dación cuenta informe de intervención de cumplimiento de los objetivos previstos en el plan de saneamiento y de reducción de deuda derivado de la sustitución de operación de préstamo con el Fondo de Financiación de pago a proveedores, al amparo del artículo 3 de la Ley 18/2014.
6º.- Dación cuenta información relativa al periodo medio de pago a proveedores, correspondiente al cuarto trimestre del 2016, en cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de Abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
7º.- Dación cuenta informe relativo a la ejecución trimestral (4 trimestre) en cumplimiento de la Ley 2/2012 de 27 de Abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
8º.- Dación cuenta información relativa al Plan de Ajuste (4 trimestre) en cumplimiento del R.D.L. 7/2012 de 9 de Marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
9º.- Hermanamiento del Ayuntamiento de Santa Elena y Ayuntamiento de Calamocha.
10º.- Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Santa Elena.
11º.- Solicitud Taller de empleo/Escuela Taller, acuerdos a adoptar.
12º.- Moción para promover una declaración institucional del Ayuntamiento de Santa Elena, a fin de que la montería y la rehala sean declaradas Bien de Interés Cultural de Andalucía en su categoría de actividad de interés Etnológico.
13º .- Nombramiento Hijo Adoptivo de la población a título póstumo de D. Pablo de Olavide y Jauregui.

   Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión  Ordinaria,  el próximo día 23 de Febrero   del 2017, a las 10’00 horas. 

Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.         

                                                             Santa Elena, 20  de  Febrero   2017
EL ALCALDE           LA SECRETARIA
            Fdo. Juan Caminero Bernal           do. Ana Isabel Moreno García


Aprobación definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones de este ayuntamiento.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y ss. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una vez transcurrido el plazo de exposición del acuerdo provisional de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, con fecha 18 de noviembre de 2016, aparecida en el B.O.P. núm. 227 de fecha 29 de noviembre de 2016, no habiéndose presentado reclamaciones se entienden por definitivo, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el B.O.P. de Jaén, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicho jurisdicción.

Texto integro de la ordenanza:

miércoles, 15 de febrero de 2017

Notificación abandono de vehículo en la vía pública.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Elena
(Jaén).

Hace saber:
   Que de conformidad con lo preceptuado en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del 2015, de Procedimiento Administrativo Común, se hace publica la notificación a don Sebastián González Sánchez, cuyo último domicilio conocido es C/ Juan Carlos I, Núm/Km.33, 23213 Santa Elena (Jaén).
   Se ha constatado que el vehículo tipo turismo, Marca Opel, Modelo Kadett. Matricula: J4638M, cuyo titular es, según denuncia Dirección General de la Policía y Guardia Civil, Compañía de La Carolina, Puesto de Santa Elena, don Sebastián González Sánchez, permanece estacionado de forma prolongada en vía urbana, el cual presenta claros signos de abandono por parte de su propietario, constando que la Inspección técnica reglamentaria y el seguro obligatorio, ambos caducados, motivo por el cual se procede a formular denuncia.
   De conformidad con lo establecido en el artículo 71.1.a) b) del Texto Articulado de la Ley de Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por medio del presente, se le requiere para que, en el plazo de 15 días, proceda a la retirada del citado vehículo, advirtiéndole que si no lo hiciere, se procederá a su tratamiento como Residuo Sólido Urbano, siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/1998 de Residuos, en cuyo caso podrá ser sancionado con multa de hasta 30.050,61 euros, como responsable de una infracción grave (Art. 34.3.b) y 35.1. b) de la Ley 10/1998.
   Asimismo, se le hace saber que una vez retirado el vehículo, deberá de ponerlo en conocimiento de este Ayuntamiento, mediante escrito dirigido a la Policía Local, para la finalización de las actuaciones y el archivo del expediente.
   Igualmente se le hace saber que si no fuera de su interés la retirada del vehículo indicado, sólo quedará exento de responsabilidad administrativa si lo cede a un gestor de residuos autorizado, o lo entrega a este Ayuntamiento, debiendo en este último caso personarse, dentro del plazo indicado, en las dependencias de la policía local, para formalizar los tramites correspondientes (Art. 33.2 de la Ley 10/1998).        BOP Nº 31  15/02/2017

miércoles, 8 de febrero de 2017

Bar Dia de Andalucía y Carnaval

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN) 

HACE SABER: 
   Que todas las personas interesadas en instalar el Bar con motivo del Día de Andalucía y Carnavales del 2017 durante los días 28 de Febrero y 3, 4 y 5 de Marzo, deberán inscribirse en este Ayuntamiento, en la oficina de la Policía Local, desde hoy hasta el próximo día 20 de Febrero a las 12h.
   Todos los inscritos quedan convocados el día 20 de Febrero a las 13:30 horas en el Salón de Actos de este Ayuntamiento para celebrar una reunión donde se explicarán las condiciones y saldrá elegido el adjudicatario.
   Podrán obtener mas información acerca del Carnaval en los carteles que se expondrán en breve.
   Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.
Santa Elena, 8 de Febrero de 2017.

 EL ALCALDE-PRESIDENTE
 Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 6 de febrero de 2017

Aprobación definitiva del Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2017.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

   Hago saber:
   Que publicado el acuerdo provisional de la aprobación inicial del Presupuesto General para el 2017, en acuerdo plenario de fecha 28 de diciembre del 2016, fue publicado en el Tablón de Anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén núm.1, de fecha 3 de Enero de 2017, durante el plazo de 15 días hábiles, a efectos de que, los interesados que conforme al artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales 2/2004 de 5 de marzo, resultaran legitimados, pudieran presentar reclamaciones contra el mismo y habiendo transcurrido el plazo de quince días hábiles sin que se hayan presentado reclamaciones, queda elevado automáticamente a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, exponiéndose al público el presupuesto referido definitivamente aprobado, resumido por capítulos: