D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora por Licencias de 1ª Utilización u Ocupación de los Edificios.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Formularios
- Pliegos clausulas y otros docs.
- SEDE ELECTRONICA
- Cert. Usuario FNMT
- Plenos Corporacion
- Formularios
- Ordenanzas
- Punto General Entrada Factura Electronica
- Registro en otro Organismo distinto a Ayto Sta Elena
- Validar Documentos
- Portal de Transparencia
- BDNSubvenciones
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- Dinamización Turística
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miércoles, 7 de noviembre de 2007
Anuncio modificación ordenanza
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos por Vía Pública o servicio.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos por Vía Pública o servicio.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Anuncio imposición y ordenación ordenanza
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora por Servicio y Actividades relacionadas con la Higiene Pública.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora por Servicio y Actividades relacionadas con la Higiene Pública.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Anuncio modificación ordenanza
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
Hace Saber:
Que con fecha 06 de Noviembre de 2007, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 255, que el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de fecha 31 de Octubre de 2007, adoptó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, entre otros, el acuerdo de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
Dicho expediente se somete a información pública por plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformidad con el Art. 17 del R.D.L. 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En el caso de no presentarse reclamaciones contra dichos expedientes, en el plazo indicado anteriormente, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al Art. 17.3 de la mencionada Ley.
Santa Elena, 7 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
viernes, 28 de septiembre de 2007
Subvención Deportes para Jovenes y Mayores
D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)
HACE SABER:
Que con motivo de la próxima apertura del Gimnasio “Santa Elena”, este Ayuntamiento, con el fin de facilitar el acceso a los jóvenes y personas mayores de la localidad, va a subvencionar el 50% de la cuota mensual a todos aquellos que reúnan los siguientes requisitos:
Modalidad: Mayores de 65 años y/o Jubilados
Requisitos: Estar empadronado en el municipio. Acreditar la condición de pensionista (menores de 65 años)
Modalidad: Jóvenes de 16 a 25 años
Requisitos: Acreditar la condición de desempleado mensualmente. (No estar cobrando la prestación por desempleo). Estar empadronados en el municipio.
Todos los interesados deberán solicitarlo en este Ayuntamiento aportando la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos.
Santa Elena a 28 de Septiembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
HACE SABER:
Que con motivo de la próxima apertura del Gimnasio “Santa Elena”, este Ayuntamiento, con el fin de facilitar el acceso a los jóvenes y personas mayores de la localidad, va a subvencionar el 50% de la cuota mensual a todos aquellos que reúnan los siguientes requisitos:
Modalidad: Mayores de 65 años y/o Jubilados
Requisitos: Estar empadronado en el municipio. Acreditar la condición de pensionista (menores de 65 años)
Modalidad: Jóvenes de 16 a 25 años
Requisitos: Acreditar la condición de desempleado mensualmente. (No estar cobrando la prestación por desempleo). Estar empadronados en el municipio.
Todos los interesados deberán solicitarlo en este Ayuntamiento aportando la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos.
Santa Elena a 28 de Septiembre de 2007
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana
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