lunes, 9 de octubre de 2017

Dia de la Fiesta Nacional

D. Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayto. de Santa Elena (Jaén)

   Hace Saber:
   Que el próximo día 12 de Octubre, se celebrará el Día de la Fiesta Nacional Española, fecha señalada para conmemorar el sentimiento de unidad de los españoles en torno a los simbolos y valores de nuestro pais y los estrechos lazos que nos unen a una historia, una cultura y una lengua común a todos.
    Que los santaeleneros estamos orgullosos de la labor de todas las unidades de nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y muy especialmente de aquellos que como la Guardia Civil y Policía Nacional acreditan a diario y con ejemplar profesionalidad su permanente disposición de servicio a España en todas sus tareas y misiones que les son encomendadas.
   Por tanto con motivo de la celebración del Día de la Fiesta Nacional, invito a todos los santaeleneros que lo deseen a que engalanen sus balcones y ventanas con la Bandera Española como simbolo de la unidad que a todos nos representa y que nos señalan como nación soberana, democrática, plural e indivisible.
   Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena 9 de Octubre de 2017
Fdo. Juan Caminero Bernal

viernes, 6 de octubre de 2017

Aprobación definitiva de modificación del Reglamento de Honores y Distinciones.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, una vez transcurrido el plazo de exposición del acuerdo sobre Aprobación de Modificación del Reglamento municipal Honores y Distinciones del Ayuntamiento Pleno, de fecha 10 de julio de 2017, aparecido en el B.O.P. núm. 145, de fecha 31 de julio de 2017, no habiéndose presentado reclamaciones se entiende definitivo, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el B.O.P. de Jaén, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicho jurisdicción.
    A continuación se inserta, acuerdo definitivo y el texto integro de la modificación  Reglamento:

Texto integro de la modificación del Reglamento por incorporación de artículo:

“Artículo 21:
1.- El nombramiento de Embajador/a de la Nuevas Poblaciones de Santa Elena constituye una de las más altas distinciones de la localidad. Podrá ostentar el/la Embajador/a de las Nuevas Poblaciones función representativa del municipio de Santa Elena fuera de su término municipal y para algún acto concreto, dándose cuenta de tal circunstancia al Pleno de la Corporación.
2.- El nombramiento de Embajador/a de las Nuevas Poblaciones podrá recaer también en aquellas personalidades españolas o extranjeras, que se distingan por su alto nivel de representación del municipio en todo el territorio nacional e internacional, más aun teniendo en cuenta nuestros orígenes centro europeos, así como por la defensa de los intereses de la ciudad de Santa Elena, ya como muestra de la alta consideración que le merecen, ya como correspondencia a distinciones análogas de que hayan sido objeto la Corporación o autoridades municipales de la ciudad.
Dicho nombramiento podrá hacerse también a aquellas personas relevantes que en su ámbito se hayan destacado de modo muy notable en su profesión o actividad a la que se le dedique de forma continuada, y tenga algún vínculo con Santa Elena, y haga gala de dicho vinculo de forma públicamente notoria.
    En estos casos, la concesión de este títulos honorífico será acordada por la Corporación municipal, en sesión extraordinaria, a propuesta razonada del Alcalde/sa, e instructor/a del procedimiento de justificación llevado al efecto previamente. Podrá hacerse con carácter vitalicio o por plazo limitado, dependiendo de la existencia de cargo que ocupe, en cuyo caso, lo será por el tiempo que permanezca desempeñando el cargo que ocupe en el momento de la concesión. El nombramiento se realizará previa tramitación del procedimiento establecido en l presente Reglamento, donde se acredite suficientemente los concretos méritos, cualidades, la conveniencia y justificación de dicho honor, de las personas propuestas. Los nombramientos de Embajador/a de las Nuevas Poblaciones, al igual que de miembros honorarios de las Corporaciones no otorgarán en ningún caso facultades para intervenir en el Gobierno o Administración de la entidad local, pero habilitarán para funciones representativas cuando éstas hayan de ejercerse fuera de la demarcación territorial respectiva. Para concederlos a extranjeros se requerirá autorización expresa del Ministerio de Administraciones Públicas, previo informe del de Asuntos Exteriores. En plasmación de la costumbre protocolaria que históricamente ha regido este nombramiento y para la plena formalización del mismo se realizarán los siguientes actos: A) Acuerdo plenario de nombramiento. B) Comunicación al meritado a efectos de expresa aceptación. C) Cada nombramiento o distintivo se entregará e impondrá por el Sr/a. Presidente/a en acto de acusada solemnidad, en el Salón de Sesiones del Palacio Municipal o en otro que la Presidencia habilite al efecto, al que se invitará por la Presidencia a la Corporación municipal en pleno, y, cuando la trascendencia del galardón lo requiera, a las Autoridades y representaciones que considere condecente. Dicho nombramiento será plasmado en placa plateada y entrega de insignia, consistente en Medalla dorada en la que figurará el Escudo de Santa Elena y la expresión “Embajador/a de las Nuevas poblaciones”.
    Lo que se hace público para general conocimiento. 

Santa Elena, a 19 de Septiembre de 2017.- 
El Alcalde-Presidente, JUAN CAMINERO BERNAL.

miércoles, 4 de octubre de 2017

Subvención en materia de Igualdad

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN).

Hace saber: Que con fecha 2 de octubre del 2017, se ha dictado Resolución definitiva núm. 1315 por la Diputada Delegada del Area de Igualdad y Bienestar Social, de la Excma. Diputación Provincial, de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2017, DEL AREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL  AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES concediendo al Ayuntamiento de Santa Elena, subvención con destino a  las siguientes líneas:

- Ejecución del II Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la Provincia de Jaén 2012-2015.: 1.600,00€
- Ejecución del I Plan Provincial de Juventud de la Provincia de Jaén 2012-2015.: 1.600,00€
- Intervención Social Comunitaria con Infancia y Familia: 5.973,58 €.
- Mantenimiento de Centros  de Día Municipales para personas Mayores: 601,95€
- Equipamiento de Dependencias Municipales destinadas a la Prestación de Servicios Sociales Comunitarios: 641,30€

     Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2016, DEL AREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL  PARA 2016 A AYUNTAMIENTOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES 

Santa Elena a 4 de octubre del 2017
ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Juan Caminero Bernal

lunes, 2 de octubre de 2017

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Instalación de Terrazas y Veladores de Santa Elena.

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y ss del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una vez transcurrido el plazo de exposición del acuerdo provisional de la Ordenanza Reguladora de la Instalación de Veladores y Terrazas en vía pública en el Término Municipal de Santa Elena, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, con fecha 10 de julio del 2017, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia núm. 145, de fecha 31 de julio del 2017, no habiéndose presentado reclamaciones se entienden por definitivo, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso - administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicho jurisdicción.


Mesa Contratación

En cumplimiento de lo dispuesto en la clausula undécima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares reguladoras de la contratación del aprovechamiento cinegético de caza mayor consistente en una montería y caza menor del monte de propios "Collado de los Jardines" número de matrícula J10302 bien patrimonial propiedad de este Ayuntamiento de Santa Elena, se le cita en calidad de vocal de la Mesa de Contratación que se celebrará el próximo día 10 de Octubre del 2017 a las 10:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, al objeto de proceder a la apertura y calificación de los documentos contenidos en el sobre A y en su caso apertura de los sobres B.

En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes, Art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

RESUELVO:
PRIMERO: Convocar  a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación para proceder a la apertura y calificación de los documentos contenido en el sobre A  y en su caso, a la apertura de los sobres B; para la contratación del aprovechamiento cinegético de caza mayor consistente en una montería y caza menos del monte de propios "Collado de los Jardines" número de matrícula J10302 bien patrimonial propiedad de este Ayuntamiento de Santa Elena, el próximo día 10 de Octubre de 2017 a las 10:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.
SEGUNDO: Notifíquese a los miembros de la citada Mesa.
Santa Elena, 2 de Octubre de 2017

El Alcalde                                                              La Secretaria
Fdo. Juan Caminero Bernal                                   Fdo. Ana Isabel Moreno García