miércoles, 28 de septiembre de 2022

Pleno Ordinario 30 Septiembre

    D. RAMON COLOMA GONZALEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

   Primero: Convocar sesión plenaria Ordinaria a celebrar el día 30 de septiembre del 2022, a las 12:30 horas, con el siguiente orden del día: 

1º.- APROBACIÓN DE ACTA DE SESION ANTERIOR.

2º.- TOMA POSESIÓN CARGO CONCEJAL

3º.-CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO:

RESOLUCIONES, MOCIONES, DECRETOS, RUEGOS Y PREGUNTAS.

4º.-DACIÓN CUENTA INFORME SOBRE RESOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS RELACIONADAS CON EL ART. 218 DEL R.D.L. 2/2004, DE 5 DE MARZO MODIFICADO POR LEY 27/2013 DE 27 DE DICIEMBRE DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.

5º- DACIÓN CUENTA INFORMACIÓN RELATIVA AL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO TRIMESTRE DEL 2022, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA ORDEN HAP/2015/2012 DE 1 DE OCTUBRE POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PREVISTA EN LA LEY 2/2012 DE 27 DE ABRIL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.

6º.- DACIÓN CUENTA REMISIÓN DEL SEGUIMIENTO TRIMESTRAL DE EJECUCION PRESUPUESTARIA, DE SEGUNDO TRIMESTRE 2022, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS APARTADOS 4 Y 6 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY ORGÁNICA 4/2012 DE 28 DE SEPTIEMBRE.

7º.-BASES CONCURSO VENTA FORZOSA C/ PRIMERO DE MAYO Nº 28

8º.- MODIFICACION DE CREDITO CONSISTENTE EN TRANSFERENCIA DE CREDITO ENTRE DISTINTA AREA DE GASTO.

9º DIAS FIESTAS LOCALES 2023.

   Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Ordinaria el próximo día 30 de septiembre del 2022, a las 12.30 horas.  

   Tercero. Expóngase la citada resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. 

 Santa Elena, a fecha firma electrónica

EL ALCALDE                                                LA SECRETARIA
Fdo. Ramón Coloma González                             Fdo. Ana Isabel Moreno García

miércoles, 7 de septiembre de 2022

Subvención con destino a la adquisición de libros, vestuario y material educativo.

BDNS (Identif.) 646689

   De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/646689).

Primero.- Beneficiarios.

   Las ayudas cuya concesión se regula en esta ordenanza, podrán ser solicitadas por quien o por quienes tengan la patria potestad, tutela o curatela de los alumnos. 

   Podrán ser beneficiarios los alumnos y, en su nombre, quienes ostenten la patria potestad o guarda legal del menor.

Segundo.- Objeto.

   La presente ordenanza tiene como finalidad garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a la educación, regulando un sistema de ayudas al estudio para sufragar los gastos que ocasiona a las familias el desarrollo del curso escolar y, especialmente, la adquisición de libros, de material educativo y vestuario de los alumnos que matriculen por primera vez, en el centro educativo del municipio; colegio público Carlos III.

Tercero.- Cuantía.

   La cuantía de la subvención que se otorgue por cada estudiante podrá alcanzar, sin superarlo, el cien por ciento de los gastos que justifique por la adquisición de sus libros, vestuario y material educativo para el curso escolar al que se refiera la subvención, con el límite máximo de 200,00 euros por alumno.

   Ordenanza reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena (publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de fecha 16 de noviembre del 2020, nº 220).

   Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Quinto.- Plazo de presentación de Subvenciones.

   Los interesados presentaran sus solicitudes con la documentación que resulte necesaria en el plazo de 20 días hábiles, que comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Sexto.- Documentos a presentar.

   Los establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza.

Séptimo.- Verificación y control.

   De conformidad con lo establecido en arts. 12 y 13, de la Ordenanza reguladora de la subvención del Ayuntamiento de Santa Elena (publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de fecha 16 de noviembre del 2020, nº 220).

   Santa Elena, 2 de septiembre de 2022.- 

El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.

martes, 6 de septiembre de 2022

Aprobación de los Padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2022

 Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 1 de septiembre del 2022, los Padrones y listas cobratorias de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2022.

   A efectos de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente edicto, se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén y tablón de edictos municipal, por plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por conveniente. En caso de que en el indicado plazo no se presenten alegaciones, la citada resolución de alcaldía se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de adoptar nueva resolución de alcaldía.

   Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del termino de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

   De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario de la Tasa del suministro de agua potable y recogida de residuos sólidos urbanos, canon autonómico de mejora de infraestructura hidráulica, y alcantarillado, correspondientes a los meses de julio y agosto de 2022, en:

   Plazo de ingreso: del 1 de septiembre de 2022, al 31 de octubre de 2022.

   Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003,  de 17 de septiembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como, de los recargos que correspondan.

   Lo que se hace saber para general conocimiento.

   Santa Elena, 1 de septiembre de 2022.- 

El Alcalde-Presidente, RAMON COLOMA GONZÁLEZ.

viernes, 26 de agosto de 2022

Bases y convocatoria de pruebas selectivas para la selección mediante contratación laboral de carácter fijo, por el sistema de concurso Bases y convocatoria plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria del 2021, correspondientes a procesos de estabilización de empleo temporal.

Don Ramón Coloma González, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:

   Que por Resolución de Alcaldía, de fecha 22 de agosto del 2022, se ha aprobado las bases y la convocatoria de pruebas selectivas para la selección mediante contratación laboral de carácter fijo, por el sistema de concurso méritos de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria del 2021, correspondientes a procesos de estabilización de empleo temporal para proveer en propiedad una plaza de Agente Dinamizador de Nuevas Tecnologías (Centro Guadalinfo), y plaza de Secretaria Juzgado de Paz. 

    Dichas bases se encuentran expuestas y se podrán consultar en el portal de transparencia, en la sección “institucional-personal-ofertas de empleo- estabilización plaza dinamizador nuevas tecnologías (Guadalinfo) y estabilización plaza secretaria juzgado de paz” en el siguiente enlace [“http://santaelena.sedelectronica.es] y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

   El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Estado.

Santa Elena, 23 de agosto de 2022.- 

El Alcalde-Presidente, RAMON COLOMA GONZÁLEZ.                              BOP Nº 166  26/08/2022

miércoles, 10 de agosto de 2022

Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por visitas turísticas dinamizadas.

Don Ramón Coloma Gonzalez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y ss. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una vez transcurrido el plazo de exposición del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la prestación del Servicio de Visitas Turísticas Dinamizadas, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, con fecha 24 de junio de 2022, aparecidas en el BOP núm. 125 de fecha 29 de junio de 2022, no habiéndose presentado reclamaciones se entienden por definitivos, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el BOP de Jaén, en las formas y plazos que establecen las normas reguladoras de dicho jurisdicción.

   A continuación se inserta, acuerdo definitivo y el texto modificado de dichas Ordenanzas:

8º MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL PRECIO PUBLICO VISITAS TURÍSTICAS DINAMIZADAS

   El Alcalde Presidente, informa a los presentes, que la inclusión de este punto en el orden del día, responde a la comprobación por parte de este Ayuntamiento, que materializado la  puesta en marcha y funcionamiento del servicio de visitas turísticas dinamizadas, se ha detectado la necesidad de regular la tarifa del precio, a grupos de personas inferiores a diez, dado que la ordenanza, no aborda la cuantía a tramos inferiores, por lo que considera oportuno y conveniente proceder a la modificación de precio público, a tal efecto, la propuesta obrante en el expediente, sería la que a continuación se detalla, quedando el importe establecido:

“Precio del servicio

   La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la fijada en la tarifa contenida a continuación, por persona, para cada uno de los distintos servicios: 

Tarifa Ordinaria: 8,00 € (Mínimo Grupo de 10 personas)

Tarifa Ordinaria 2/3 personas: 55 €

Tarifa Ordinaria 4/5 personas: 60 €

Tarifa Ordinaria 6/7 personas: 70 €

Tarifa Ordinaria 8/9 personas: 75 €

Tarifa Reducida Visita: 7,00 €

La tarifa reducida se aplicará a grupos de mayores de 65 años y menores de 14 años.”

   A la vista de los siguientes antecedentes:

Documento                                           Fecha/                                  N.º                     Observaciones

Informe de Secretaría                        22/06/2022

Informe-Técnico Económico            22/06/2022

Informe de Intervención                     22/06/2022

Informe-Propuesta de Tesorería        22/06/2022

Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda 24/06/2022

    Los presentes, tomando conocimiento de cuanto antecede cinco votos a favor y ninguno en contra que representa el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación que de derecho es de siete, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a propuesta de la Comisión Informativa de Hacienda adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por el servicio de visitas turísticas dinamizadas.

SEGUNDO. Fijar las tarifas, que a continuación se detallan; quedando redactado el artículo, en con la siguiente descripción:

“Artículo 4. Precio del servicio

    La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la fijada en la tarifa contenida a continuación, por persona, para cada uno de los distintos servicios:

Tarifa Ordinaria: 8,00 € (Mínimo Grupo de 10 Personas)

Tarifa Ordinaria 2/3 personas: 55 €

Tarifa Ordinaria 4/5 personas: 60 €

Tarifa Ordinaria 6/7 personas: 70 €

Tarifa Ordinaria 8/9 personas: 75 €

Tarifa Reducida Visita: 7,00 €

La tarifa reducida se aplicará a grupos de mayores de 65 años y menores de 14 años.

TERCERO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, por un plazo de treinta días hábiles. Asimismo, estará a disposición de los interesados e n l a sede electrónica d e este Ayuntamiento [http://santaelena.sedelectronica.es]». Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

CUARTO. Considerar definitivamente adoptado el Acuerdo, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado. 

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Elena, 25 de julio de 2022.-

 El Alcalde-Presidente, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.