martes, 6 de junio de 2017

Subvención Asociaciones

   Visto con fecha 7 de marzo del 2017, se emite Resolución de Alcaldía de aprobación de la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva para la realización de actividades en el ejercicio 2017, en el ámbito territorial del municipio, con transcendencia directa en la localidad para fines de interés municipal mediante la presentación de proyectos-programas, con destino a Asociaciones; entidades jurídicas; personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro

   Visto que con fecha 20 de marzo del 2017, figura publicado edicto consistente en extracto de convocatoria de subvenciones, con número identificativo BNDS nº 335266, en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 53, de fecha 20 de marzo del 2017, con apertura de plazo el día 21 de marzo y finalización el día 10 de abril del 2017.

   Visto que en el plazo referido, se han presentado las siguientes solicitudes:

1º.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA. que presenta la Actividad consistente en un viaje cultural a Jaén, para dar a conocer el patrimonio histórico de esa ciudad a los niños y padres del AMPA del Colegio Público “Carlos III” de Santa Elena, visitando la Catedral de Jaén y Castillo de Santa Catalina (visita guiada), con un total de 27 adultos y 27 niños.

2º.- CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA. que presenta actividad consistente en eventos deportivos consistentes en una prueba o marcha de bici montaña, carrera de atletismo, duatlón o concentración motera (ya organizada el 11 y 12 de mayo de 2017). Consistiendo las actividades de esos eventos en: recibimiento, participantes, entrega de dorsales, prueba deportiva, jornada de convivencia y entrega de premios, con una participación prevista de 100 participantes

Visto que con fecha 29 de marzo del 2017, se constituye la Comisión de Evaluación prevista en la resolución de convocatoria, procediendo al examen de las solicitudes presentadas, con la finalidad de comprobar la documentación exigida en la Convocatoria,  para la concesión de subvenciones para la realización de actividades en el ejercicio 2017, comprobando que todas las presentadas cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena (BOP nº 34 de fecha 20 de Febrero de 2017),  resultando admitidas  las solicitudes presentadas  y estableciendo los criterios de valoración de las solicitudes referidas, en base a grado de interés municipal de la actividad, proyecto u objetivo, sector al que vaya destinada y mayor número de beneficiarios, proponiéndo concesión de subvención por importe de 600,00€ a ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA y de 600,00€ a CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA
Visto, que consta en el expediente, presentación de aceptación de subvención por las entidades destinatarias propuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones, con reformulación por parte de la  ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA de subvención por importe de 579,50€
   Considerando que legislación en lo esencial, está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Santa Elena, Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones y que existe consignación presupuestaria con cargo a la aplicación presupuestaria 334/489 del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Santa Elena para hacer frente a la realización de gastos afectos a “subvenciones diversos colectivos” conforme a lo previsto en la la convocatoria, 

   RESUELVO: Primero.-Conceder a los solicitantes que se relacionan a continuación las subvenciones que se señalan:, 

CLUB DEPORTIVO DESPEÑAPERROS PUERTA DE ANDALUCÍA (Eventos deportivos)  ................600,00€

ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO C.P. CARLOS III, DE SANTA ELENA (Actividades culturales)… 579,50€

Segundo: Los beneficiarios deberán destinar la subvención exclusivamente a la realización de las actividades incluidas en el proyecto. La justificación se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa simplificada, conforme a lo previsto en el artículo 18 de la ordenanza municipal de subvenciones  y resolución de convocatoria de subvenciones.

 Tercero.-Notificar la resolución a los beneficiarios, advirtiéndole que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa, si bien, con carácter previo a la interposición, podrá formular el requerimiento a que hace referencia el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa para que anule o revoque el acto, dirigido mediante escrito al Sr. Alcalde Presidente, debiendo producirse en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la resolución, entendiéndose rechazado el requerimiento si, dentro del mes siguiente a su recepción, no se produjera la contestación del mismo. 

Cuarto.-El pago de la subvención se hará efectivo mediante abono de un único pago, se efectuará contra presentación de las justificaciones de la actividad subvencionada y en los términos establecidos en el artículo 16.2 de la Ordenanza Municipal
Quinto.-Dar traslado de la presente resolución al Servicio de  Intervención- Tesoreria.

Santa Elena a 6 de junio del 2017.

Alcalde Presidente Ante mí la Secretaria
Fdo Juan Caminero Bernal Fdo Ana Isabel Moreno García