martes, 23 de julio de 2013

Ayudas a la contratación

D. JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN)
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HACE SABER.:
Que al Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén), se le ha concedido al amparo de la Orden de 12 de julio de 2013, (BOJA Nº 140, de 19 de julio de 2013), un Programa de Ayuda a la contratación, regulado por el Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión
social en Andalucía.
Se abre un plazo de DIEZ días, hábiles, a contar del siguiente a la publicación de este edicto, (desde el día 23 de Julio al 2 de Agosto, ambos inclusive) al para que todo aquel que este interesado presente la siguiente documentación, contemplada en la citada Orden:
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
Junto a la solicitud debidamente registrada se acompañan los siguientes documentos en todos los casos:
- Fotocopia del DNI o en su caso NIE.
En el supuesto de matrimonio, el correspondiente libro de Familia. Sentencia Judicial en caso de separación o divorcio.
-En el supuesto de Uniones no matrimoniales, certificado de estar inscritos en el Registro de Uniones de hecho que corresponda.
- Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar se encuentran empadronados como convivientes en un mismo domicilio al menos desde el 1 de Junio de 2012 de forma ininterrumpida.
- Certificado del Servicio Público de Empleo correspondiente en el que se acredite que la persona solicitante se encuentra inscrito como demandante de empleo durante un periodo igual o superior a doce de los últimos dieciocho meses. (Corrección de errores del Decreto-Ley BOJA de 22 de Mayo)
- Declaración Expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Certificado de Pensiones y/o prestaciones del Sistema de Seguridad social.
- Certificado de prestaciones y/o Subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal.
- En su caso, Certificado de discapacidad o Resolución de Reconocimiento de la Situación de Dependencia.
- En su caso, acreditación de ser víctima de violencia de género.
- En su caso, Resolución Judicial o escrito de formalización de acogimiento.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, 19 de Julio de 2013
EL ALCALDE
Fdo. Juan Caminero Bernal