viernes, 5 de febrero de 2016

Aprobación definitiva de modificación presupuestaria

Don Juan Caminero Bernal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

    Hace saber:
   Primero.- Que el Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2015, acordó la aprobación inicial Modificación Presupuestaria consistente en modalidad de crédito Extraordinario vinculado a sustitución de operación de préstamo concertado al amparo del R.D.L. 2/2012, solicitado al amparo del artículo 3 de la Ley 18/2014.
    Segundo.- El Edicto acreditativo de dicha aprobación fue publicado en el Tablón de Anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén núm.2, de fecha 5 de Enero de 2016, durante el plazo de 15 días hábiles, a efectos de que, los interesados que conforme al artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales 2/2004, de 5 de marzo, resultaran legitimados, pudieran presentar reclamaciones contra el mismo. 
  Tercero.- Finalizado el plazo de exposición pública sin que se hubiera presentado ninguna reclamación, se considera aprobado definitivamente la Modificación Presupuestaria consistente en modalidad de crédito Extraordinario vinculado a sustitución de operación de préstamo concertado al amparo del R.D.L. 2/2012, solicitado al amparo del artículo 3 de la Ley 18/2014, según el art. 170 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales 2/2004, de 5 de marzo.
   Cuarto.- Se advierte que contra la aprobación definitiva del Presupuesto General Municipal, se podrá interponer Recurso Contencioso - Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde la publicación del Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén en los términos establecidos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa.
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