jueves, 30 de noviembre de 2017

Listado Admitidos Programa Ayuda a la Contratación

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

   Vista la subvención concedida al Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén), al amparo de la Orden de 22 de Junio de 2017, (BOJA Nº 124, de 30 de Junio de 2017), por la que se prorroga el Programa Extraordinario de Ayuda a la contratación, regulado por el Decreto-ley 8/2014, de 10 de Junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad  en Andalucía.

   Visto que se publico edicto para admisión de solicitudes desde el día 2 de Noviembre  al 22 de Noviembre  de 2017, ambos inclusive.

   Visto que se han presentado dieciséis solicitudes  que  han sido valoradas por los servicios sociales Comunitarios,  de conformidad con el Art. 9 de la citada Orden.

   En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes.

   RESUELVO.
PRIMERO:  Declarar Aprobada la lista provisional de   admitidos y excluidos que a continuación se relaciona. 
ADMITIDOS

- Yolanda C. S.
- Daniel R. R.
- Francisca Á. C.
- Elena B. C.
- Antonio G. A.
- Azucena B. G.
- Martín D. de la C.
- Miriam S. J.
- Mª del Mar A. G.

NO ADMITIDOS/AS – SUBSANACIÓN

- JULIA M. C.  Falta:  la siguiente documentación de (de Ángeles  A. M.).
e) Declaración de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas  mayores de 16 años desde el 2 de mayo al 31 de octubre de 2017, así como justificantes (nóminas, declaraciones trimestrales para los autónomos, salario social, Pensiones alimenticias o compensatorias, …)
f) TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Informe de vida laboral (901502050) de mayores de 16 años. 

- ESTEBAN P. C.  FALTA TODA LA DOCUMENTACIÓN:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante.
b) En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, libro de familia. 
c) En caso de separación, Sentencia de Separación.
d) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho o, en su caso,  Certificado de Estado Civil (Registro Civil) y Declaración jurada.
e) Declaración de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas  mayores de 16 años desde el 2 de mayo al 31 de octubre de 2017, así como justificantes (nóminas, declaraciones trimestrales para los autónomos, salario social, Pensiones alimenticias o compensatorias, …)
f) TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Informe de vida laboral (901502050) de mayores de 16 años. 
g) INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
  -  Certificado de percepción o no de pensiones de todas las personas (Cita previa-953216502).
-  Título de Família numerosa.
- Certificado de discapacidad o situación de dependencia.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género

EXCLUIDOS

- Ana María C. L. , Mas de una solicitud por unidad familiar.
- Francisca C. L. , Mas de una solicitud por unidad familiar.
- Dolores A. M.   Mas de una solicitud por unidad familiar.
- María Dolores M. P.  ,  Superar ingresos unidad  familiar.
- Antonio G. C.   . Renuncia a la solicitud.

SEGUNDO: Conceder un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación de este escrito (desde el día 1 de Diciembre al 18 de Diciembre de 2017, ambos inclusive) para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación, se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Santa Elena, 30 de Noviembre de 2017

EL ALCALDE
Fdo. Juan Caminero Bernal