martes, 5 de noviembre de 2019

Modificación de crédito núm. 3, con cargo a superávit.

Don Ramón Coloma González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).

Hace saber:
   En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 30 de septiembre del 2019, sobre el expediente de modificación de créditos, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:
   El importe aplicable a amortizar deuda será 25.000,00 euros.
   El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria                            Descripción                                                            Euros
0110 911.02             Amortización parcial préstamo refinanciado proveedores RDL4/2012  25.000,00

   Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso - administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
   Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Santa Elena, a 29 de octubre de 2019.- 
El Alcalde, RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ.             BOP Nº 211 05/11/2019