martes, 3 de marzo de 2009

RESOLUCIÓN ADJUDICACIÓN DEFINITIVA SOLAR C/ MALAGA

“Visto que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 25 de Noviembre de 2008, a propuesta de la Mesa de Contratación la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble ubicado en calle Málaga, nº 30, de esta localidad, y habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Jaén dicha aprobación.

Visto que se ha presentado, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 275 de fecha 28 de Noviembre de 2008, y en el Perfil de contratante la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de estar al corriente de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.

Visto que la adjudicataria Dª. Luisa Baeza Escudero, constituyó garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación de 425 euros y presentó los documentos justificativos exigidos.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,

RESUELVO

PRIMERO. Elevar a definitiva la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble patrimonial ubicado en calle Málaga, nº 30, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 25 de noviembre de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 28 de noviembre nº 275, y en el Perfil de Contratante, por el precio de 8.500,00 Euros.

SEGUNDO. Notificar la adjudicación definitiva a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada.

TERCERO. Notificar a Dª. Luisa Baeza Escudero, adjudicataria del contrato, la presente Resolución.

CUARTO. Publicar la adjudicación definitiva de la enajenación en el Perfil de contratante.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Santa Elena, a 3 de Marzo de 2009.

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE SOLAR C/ CADIZ

Visto que aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 3 de Febrero de 2009, a propuesta de la Mesa de Contratación la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble ubicado en Traseras de calle Cádiz, o calle de Servicio, de esta localidad, y habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Jaén dicha aprobación.

Visto que se ha presentado, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 30 de fecha 6 de Febrero de 2009, y en el Perfil de contratante la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de estar al corriente de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.

Visto que el adjudicatario D. Dimas Martínez Divols, constituyó garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación de 350 euros y presentó los documentos justificativos exigidos.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,


RESUELVO

PRIMERO. Elevar a definitiva la adjudicación provisional de la enajenación del bien inmueble patrimonial ubicado en Traseras de calle Cádiz o calle de Servicio, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2009 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 6 de febrero nº 30, y en el Perfil de Contratante, por el precio de 7.000,00 Euros.

SEGUNDO. Notificar la adjudicación definitiva a los licitadores que no han resultado adjudicatarios y autorizar la devolución de la garantía provisional por ellos prestada.

TERCERO. Notificar a Dimas Martínez Divols, adjudicatario del contrato, la presente Resolución.

CUARTO. Publicar la adjudicación definitiva de la enajenación en el Perfil de contratante.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Santa Elena, 3 de marzo de 2009

ALCALDE PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

jueves, 19 de febrero de 2009

Anuncio Calificación Ambiental

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER: Que en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 18 de febrero de 2008, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal se reproduce textualmente:
Visto el proyecto denominado “Centro de Transformación y Alimentación al Museo de la Batalla de las Navas de Tolosa” Santa Elena, y siendo necesario someterle a trámite de Calificación Ambiental, dado que se trata de una actividad, la cual se incluye dentro de las enumeradas en el Anexo I de la Ley 7/2007 de 9 de Julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, para la cual es necesario que se emita Calificación Ambiental sobre la actividad.
En cumplimiento con la legislación vigente sobre Calificación Ambiental, se procede a abrir periodo de información pública por término de veinte días; así se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que puedan presentar las alegaciones y documentos que estimen oportunos.
El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias de este Ayuntamiento pudiéndose consultar en las mismas en horario de oficina.
Lo que se hace público para general conocimiento.
EL PLAZO FINALIZA EL DÍA 14 DE MARZO DE 2009
En Santa Elena, a 19 de Febrero de 2009

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

Adjudicación Provisional Parcelas

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

Hace Saber.:
Que en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 46, de fecha 25 de febrero del 2009, figura publicado el anuncio cuyo tenor literal se reproduce textualmente:
Que con fecha 16 de diciembre del 2008, ha sido aprobada la enajenación de los bienes inmuebles declarados como parcelas sobrantes:
1.- Finca registral 2721, inscrita al tomo 1937, libro 54, folio 211 sita en c/ Alfonso VIII nº 2 (antes ZUR-3 parc 1),.
2) Finca registral 2722, inscrita al tomo 1937, libro 54, folio 213 sita c/ Alfonso III nº 4 (antes ZUR-3 parc 2) .
Que con fecha 18 de febrero del 2009 se ha dictado Resolución de Alcaldía, de aprobación de adjudicación provisional de la enajenación de los bienes inmuebles referidos lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público:

1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Santa Elena.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaria General.

2. Objeto del contrato.
Descripción del objeto:
1.- Finca registral 2721, inscrita al tomo 1937, libro 54, folio 211 sita en c/ Alfonso VIII nº 2 (antes ZUR-3 parc 1),.
2) Finca registral 2722, inscrita al tomo 1937, libro 54, folio 213 sita c/ Alfonso III nº 4 (antes ZUR-3 parc 2) .

3. Tramitación, procedimiento.
a) Tramitación: ordinaria
b) Procedimiento: Abierto, procedimiento negociado sin publicidad

4. Precio del Contrato.
1).- Finca registral 2721: 255,96€
2).- Finca registral 2722: 880,56€

5. Adjudicación Provisional.
a) Fecha: 18 de febrero del 2009
b) Adjudicatario:
1).- Finca registral 2721: Antonia García Alcaide
2).- Finca registral 2722: Francisco Luis Martínez Hinojosa

c) Nacionalidad: Española
d) Importe de adjudicación:
1).- Finca registral 2721: 255,96€
2).- Finca registral 2722: 880,56€

En Santa Elena, a 19 de febrero del 2009.

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana

miércoles, 18 de febrero de 2009

Rehabilitación Autonómica 09

D. MANUEL NOGUERA ORELLANA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER:
Que las actuaciones correspondientes al PROGRAMA DE REHABILITACIÓN AUTONÓMICA incluidas en el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2008-2010, convocadas en Orden de 10 de Noviembre de 2008, han sido aprobadas por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en base a la solicitud presentada por este Ayuntamiento.
Todos los interesados en la obtención de los beneficios establecidos en el Decreto 395/2008 que regula el Programa de Rehabilitación Autonómica, deberán personarse en las oficinas del Ayuntamiento a fin de presentar las solicitudes y demás documentación preceptiva en el plazo de treinta días, empezados a contar a partir del día siguiente a la fecha del presente edicto. Dicho plazo finaliza el día 17 de Marzo de 2009.
Presentadas las solicitudes y documentación por parte de los peticionarios se procederá por esta Corporación según Orden de 10 de Noviembre de 2009 a la comprobación de los datos alegados por los solicitantes y a la clasificación por orden de preferencia.
Este Ayuntamiento estará a disposición de cualquier interesado para cuantas consultas o aclaraciones sean necesarias para la eficaz consecución de los objetivos pretendidos con el presente programa de Rehabilitación Autonómica.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Elena, 18 de Febrero de 2009.

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. Manuel Noguera Orellana