miércoles, 16 de agosto de 2017

BOLSA JARDINERIA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA

1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
a) Ser demandante de empleo.
b) No padecer enfermedad o limitación física y/o psíquica que impida el normal desempeño de las tareas propias del puesto al que se opta.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
d) No estar incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar servicios en el Ayuntamiento de Santa Elena.
e) No haber sido despedido/a por este Ayuntamiento por incumplimiento de sus obligaciones.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias, así como, en su caso, en el momento de formalización del contrato

2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES (Documentación, Lugar y Plazo).
• Los interesados en participar en esta convocatoria deberán presentar solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente con indicación de que desea quedar incluido en la Bolsa de Jardinería, del Ayuntamiento de Santa Elena. El modelo oficial es el que aparece como Anexo I en las presentes Bases Reguladoras.
2.2. Documentación:
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del aspirante (DNI).
• Declaración responsable de no padecer enfermedad o limitación física y/o psíquica que impida el normal desempeño de las tareas propias del puesto al que se opta; de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas y de haber leído, comprendido y aceptado el contenido íntegro de las “Bases Generales Reguladoras de las Bolsas de Empleo del Municipio de  Santa Elena”, conforme al Anexo II.
• Tarjeta de demanda de Empleo Actualizada
•Informe de vida laboral actualizada
2.3. Lugar de presentación de solicitudes:
• Los interesados deberán presentar la documentación indicada en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en Plaza de la Constitución nº 1.
2.4. Plazo de presentación de solicitudes:
• El plazo de presentación de solicitudes será  del 16 de agosto al 1 de septiembre del 2017.

ACREDITACIÓN DE  MERITOS.
Los aspirantes deberán aportar dentro del plazo de presentación de solicitudes, fotocopia simple de la documentación acreditativa de los méritos, siendo para este puesto, la relativa a la experiencia profesional, objeto de baremación en el Anexo I

3. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.
3.1. La contratación de los candidatos se efectuará según el orden que ocupen en la lista aprobada por la Comisión de Valoración, en función de las necesidades de personal que en cada momento pueda tener el Ayuntamiento de Santa Elena.
3.2. El llamamiento al candidato se efectuará por cualquier medio que, procurando la mayor agilidad, garantice tener constancia del mismo. 
3.3. El aspirante será requerido para ello de forma fehaciente, en primer lugar, mediante llamada telefónica (3 llamadas telefónicas a distintas horas, entre las que mediará como mínimo un intervalo de una hora).
3.4. Si el solicitante no contesta en el plazo de 48 horas, éste pasará al final de la lista.
3.5. Si no es posible localizar al aspirante, se procederá al llamamiento de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible, permaneciendo los candidatos que no hubiesen sido localizados en el mismo puesto que ocupaban en la Bolsa, a la espera de un nuevo llamamiento.

4. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN DE LA BOLSA DE JARDINERIA
Serán causas definitivas de exclusión de la Bolsa de Empleo, las siguientes:
4.1. El interesado que renuncie a una oferta de empleo quedará automáticamente excluido de la Bolsa de jardinería del Ayuntamiento de Santa Elena.
4.2. Aquel integrante de la Bolsa que una vez citado, no se presente a su puesto
de trabajo, se entenderá que han rehusado a ésta, quedando automáticamente excluido de la Bolsa referida.
4.3. Quienes extingan el contrato sin haber finalizado el mismo.
4.4. Quienes hayan prestado sus servicios sin cumplir las órdenes indicadas por el Jefe de Personal.
Aquel aspirante que justifique la concurrencia de cualquiera de las causas señaladas en los siguientes puntos, permanecerá en la Bolsa de Empleo, en el mismo puesto que ocupaban en la Bolsa, a la espera de un nuevo llamamiento:
a) Estar en situación de enfermedad, acreditada por certificado médico.
b) Por encontrarse en período de descanso por maternidad/paternidad.
d) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo, debidamente acreditado.

5. VIGENCIA DE LA BOLSA.
5.1. La Bolsa de Empleo para Jardinería tendrá una duración coincidente con la convocatoria del Plan Especial de Apoyo 2017  y posible prórroga, en su caso.

Santa Elena a 9 de agosto del 2017.
Alcalde Presidente
Fdo Juan Caminero Bernal



ANEXO I BAREMACIÓN DE LOS MÉRITOS COMPUTABLES PARA LA BOLSA DE TRABAJO DE JARDINERIA

Para el puesto no cualificado jardineria referidos en esta bolsa  se baremará exclusivamente lo que se indica en este apartado:

1 EXPERIENCIA PROFESIONAL
- Por cada día de experiencia profesional en la Administración Pública : 1 punto /día.
- Por cada día de experiencia profesional en el sector privado en puestos objeto de la convocatoria: 1 punto /día