lunes, 17 de junio de 2019

Bases Oferta empleo "Mas que un Juego"

Este Ayuntamiento tiene la necesidad de iniciar los trámites tendentes a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desarrollo de actuaciones en calidad de director (26 junio-31 de agosto) y monitores ((1 de julio a 31 de agosto) de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto). 
 Por considerar el Ayuntamiento, esencial la prestación de actividad cultural y ocupación del tiempo libre en el ámbito municipal de Santa Elena, para cuyo funcionamiento resulta imprescindible la provisión de dichos puestos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 25. 1. de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por Ley 27/2013 de 27 de diciembre, que atribuye al El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, la promoción de actividades y prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras la prevista en el apartado “m) Actividades e instalaciones culturales y deportivas y de ocupación del tiempo libre. “ 

Visto el informe de Secretaría emitido en fecha 12 de junio del 2019, por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, y vista la necesidad de proceder a la contratación de un director (26 de junio a 31 de agosto), y monitores de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto), en régimen de personal laboral temporal.

Visto que con la misma fecha se emite el informe de de intervención. 

Vista la necesidad de proceder con urgencia y sin demora a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desempeño del puesto de  Director y Monitor Escuela de Verano “Mas que un Juego” y monitor Programa Provincial de Igualdad, así como,  Monitor Programa Provincial de Juventud.
De conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO

PRIMERO. Aprobar oferta de empleo público y remitirla al Servicio Andaluz de Empleo.

SEGUNDO: Los requisitos exigidos para el acceso a las plazas convocadas son:

A) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Los extranjeros con residencia legal en España podrán ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los españoles.

 B) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 

C) Para el puesto de Director/ra Programa de Intervención socil Comunitaria con Infancia y Familia (“Mas que un Juego”): Estar en posesión del Título de Grado Universitario en Trabajo Social, Magisterio y Psicología.  
D) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Juventud: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Técnico Superior de Integración Social ó Licenciado en Psicología. 
E) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Igualdad: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Trabajo Social ó Licenciado en Psicología.
F) Para el puesto de Monitor/a: Estar en posesión del Título de Ciclo Formativo de  Grado Medio de F.P ó Bachiller. 

El proceso de selección se realizará, mediante la valoración entre los candidatos resultantes de la oferta de empleo público, mediante valoración de:

PUESTO DE DIRECTOR/A:
    - Formación académica complementaria:
      Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad,  violencia de género… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

  - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de Evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

 Puntuación máxima: 3 puntos

La baremación máxima será de 13 puntos.

PUESTO DE TECNICOS/AS:

    - Formación académica complementaria:
Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad,  violencia de género… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

  - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de Evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

Puntuación máxima: 3 puntos

La baremación máxima será de 13 puntos.


PUESTO DE MONITOR/A:

-      Formación académica complementaria:

. Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, … etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.
   - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado a  los Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa  Escuela de Verano “Mas que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte del Tribunal una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

 Puntuación máxima: 3 puntos
La baremación máxima será de 13 puntos.
La Comisión de Valoración que se constituya al efecto, tendrá como función la baremación de las solicitudes presentadas así como resolver las situaciones de empate en los casos descritos en la base décimo primera de las presentes Bases. La Comisión tendrá la condición de comisión no permanente.

Estará compuesta por:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocales:
-  Tres empleados del Ayuntamiento de Santa Elena, a designar por la Alcaldía.
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Popular (con voz pero sin voto).
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Socialista (con voz pero sin voto).

Secretario:
- El del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

La Comisión de Valoración, para su válida constitución, deberá contar con la asistencia del Presidente, del Secretario y de al menos dos de sus vocales. Asimismo, la citada Comisión podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para la valoración de las solicitudes, actuando con voz pero sin voto.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa vigente, asimismo podrán ser recusados por los aspirantes en la forma y casos que determina la normativa vigente.

La documentación acreditativa de los méritos deberán presentarla en el plazo de tres días, a partir de la recepción de la comunicación de los candidatos por el servicio andaluz de empleo.
Santa Elena a fecha 17 de Junio de 2019


Alcalde Presidente Ante mí la secretaria
Fdo. Ramón Coloma González Fdo. Ana Isabel Moreno García