viernes, 28 de junio de 2019

LIMPIEZA DE SOLARES

    DON RAMÓN COLOMA GONZALEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA

   HACE SABER:
      Que en el Capítulo II de la Ordenanza de vallado y limpieza de solares y ornato de las construcciones privadas que trata de la LIMPIEZA DE SOLARES y en su Artículo 6º relata de la Obligación de Limpieza, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el que arroja los desperdicios o basuras a los solares, el propietario de los mismos está obligado a efectuar su limpieza. Los solares deberán estar permanentemente limpios, desprovistos de cualquier tipo de residuos o vegetación espontánea, sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades, o producir malos olores. 
    Por lo que los propietarios deberán acometer, los trabajos de limpieza necesarios,  para mantener el referido terreno en adecuadas condiciones higiénicas, sanitarias y estéticas con objeto de evitar los problemas y perjuicios ocasionados con motivo del deficiente grado de conservación y adecentamiento y en caso de incumplimiento se procederá a la incoación del correspondiente expediente sancionador.
      Lo que se hace público para el general conocimiento

En Santa Elena a 27 de Junio del 2019
Fdo. El Alcalde

lunes, 24 de junio de 2019

Bases Selección Mas que un Juego

D. RAMÓN COLOMA GONZÁLEZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Elena (Jaén).
HACE SABER.:
 QUE CON FECHA 17 DE JUNIO DEL 2019, SE HAN APROBADO LAS BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL, CON DESTINO AL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN CALIDAD DE DIRECTOR  Y MONITORES DE LA ESCUELA DE VERANO “MAS QUE UN JUEGO” Y PROGRAMAS PROVINCIALES DE IGUALDAD Y JUVENTUD (1 DE JULIO A 31 DE AGOSTO). 

LOS ASPIRANTES DEBERÁN PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Los extranjeros con residencia legal en España podrán ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los españoles.

 B) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 

C) Para el puesto de Director/ra Programa de Intervención social Comunitaria con Infancia y Familia (“Mas que un Juego”): Estar en posesión del Título de Grado Universitario en Trabajo Social, Magisterio y Psicología.  
D) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Juventud: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Técnico Superior de Integración Social ó Licenciado en Psicología. 
E) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Igualdad: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Trabajo Social ó Licenciado en Psicología.
F) Para el puesto de Monitor/a: Estar en posesión del Título de Ciclo Formativo de  Grado Medio de F.P ó Bachiller. 

La Comisión de Valoración que se constituya al efecto, tendrá como función la baremación de las solicitudes presentadas así como resolver las situaciones de empate en los casos descritos en la base décimo primera de las presentes Bases. La Comisión tendrá la condición de comisión no permanente.
Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte del Tribunal una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

La valoración de los méritos que se aleguen están a disposición de todos los aspirantes que este interesados, en la secretaría de este ayuntamiento de 10´00 a 13,00 horas.

EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SE INICIA EL DÍA 25 DE JUNIO DE 2019, FINALIZANDO EL DÍA  27 DEL MISMO MES,  A LAS 12,30 HORAS.

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA SU GENERAL CONOCIMIENTO.
Santa Elena a 24 de Junio del 2019.
ALCALDE PRESIDENTE

Fdo. Ramón Coloma González

sábado, 22 de junio de 2019

Pleno Extraordinario

    D.   RAMÓN   COLOMA  GONZÁLEZ,    ALCALDE-PRESIDENTE   DELAYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAÉN).

   En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99, y artículo 77 y 80 del Reglamento 2586/1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico delas Entidades Locales, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, resuelvo:

Primero: Convocar sesión plenaria  Extraordinaria a celebrar el día 24 de Junio  de 2019, a las 17,00 horas, con el siguiente  orden del día:

1º.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
2º.- PERIODICIDAD SESIONES ORDINARIAS DEL PLENO.
3º.- CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS.
4º.-RESOLUCIÓN SOBRE NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS COMPETENCIAS DEL PLENO Y DIVERSAS AREAS.
5º.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES DE ALCALDÍA EN MATERIA DE NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE.
6º.- CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.
7º.- DESIGNACIÓN DE PORTAVOCES DE GRUPOS POLITICOS.
8º.- RECONOCIMIENTO DEDICACIÓN  PARCIAL  MIEMBRO  DE  LA CORPORACIÓN.

Segundo: Notifíquese a los miembros de la Corporación de la celebración de la sesión Extraordinaria   el próximo día  24 de Junio del 2019, a las 17’00 horas. 
Tercero:  Expóngase   la   citada   resolución   en   el   Tablón   de   Anuncios   del Ayuntamiento.                                  
Santa Elena, a fecha firma electrónica
LA SECRETARIA
Fdo.  Ana Isabel Moreno García


lunes, 17 de junio de 2019

Bases Oferta empleo "Mas que un Juego"

Este Ayuntamiento tiene la necesidad de iniciar los trámites tendentes a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desarrollo de actuaciones en calidad de director (26 junio-31 de agosto) y monitores ((1 de julio a 31 de agosto) de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto). 
 Por considerar el Ayuntamiento, esencial la prestación de actividad cultural y ocupación del tiempo libre en el ámbito municipal de Santa Elena, para cuyo funcionamiento resulta imprescindible la provisión de dichos puestos, a la vista de lo dispuesto en el artículo 25. 1. de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por Ley 27/2013 de 27 de diciembre, que atribuye al El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, la promoción de actividades y prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, entre otras la prevista en el apartado “m) Actividades e instalaciones culturales y deportivas y de ocupación del tiempo libre. “ 

Visto el informe de Secretaría emitido en fecha 12 de junio del 2019, por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, y vista la necesidad de proceder a la contratación de un director (26 de junio a 31 de agosto), y monitores de la escuela de verano “Mas que un juego” y Programas Provinciales de Igualdad y Juventud (1 de julio a 31 de agosto), en régimen de personal laboral temporal.

Visto que con la misma fecha se emite el informe de de intervención. 

Vista la necesidad de proceder con urgencia y sin demora a la contratación de personal laboral temporal, con destino al desempeño del puesto de  Director y Monitor Escuela de Verano “Mas que un Juego” y monitor Programa Provincial de Igualdad, así como,  Monitor Programa Provincial de Juventud.
De conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO

PRIMERO. Aprobar oferta de empleo público y remitirla al Servicio Andaluz de Empleo.

SEGUNDO: Los requisitos exigidos para el acceso a las plazas convocadas son:

A) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Los extranjeros con residencia legal en España podrán ser admitidos/as a la realización de estas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los españoles.

 B) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación. 

C) Para el puesto de Director/ra Programa de Intervención socil Comunitaria con Infancia y Familia (“Mas que un Juego”): Estar en posesión del Título de Grado Universitario en Trabajo Social, Magisterio y Psicología.  
D) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Juventud: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Técnico Superior de Integración Social ó Licenciado en Psicología. 
E) Para el puesto de Técnico/a Plan Provincial de Igualdad: Estar en posesión del Título de Diplomado Magisterio, Trabajo Social ó Licenciado en Psicología.
F) Para el puesto de Monitor/a: Estar en posesión del Título de Ciclo Formativo de  Grado Medio de F.P ó Bachiller. 

El proceso de selección se realizará, mediante la valoración entre los candidatos resultantes de la oferta de empleo público, mediante valoración de:

PUESTO DE DIRECTOR/A:
    - Formación académica complementaria:
      Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad,  violencia de género… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

  - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de Evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

 Puntuación máxima: 3 puntos

La baremación máxima será de 13 puntos.

PUESTO DE TECNICOS/AS:

    - Formación académica complementaria:
Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad,  violencia de género… etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.

  - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado al Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa Escuela de Verano “Más que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte de la Comisión de Evaluación, una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

Puntuación máxima: 3 puntos

La baremación máxima será de 13 puntos.


PUESTO DE MONITOR/A:

-      Formación académica complementaria:

. Cursos relacionados con Educación, Juventud. Igualdad, talleres de creatividad, … etc., con un mínimo de 20 horas a razón de 0,01 por hora, hasta un máximo de 2 puntos.
   - Situación de inactividad laboral en el ayuntamiento de Santa Elena:

Se baremará en el periodo de los tres últimos años, aquellos candidatos que menos días hayan estado en situación de Alta laboral vinculada a contrato formalizado por el Ayuntamiento de Santa Elena, asociado a  los Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego”, con un máximo de 8 puntos. A razón de 6 puntos por contrato correspondiente a una edición anual del Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego”; 4 puntos por contratos correspondiente a dos ediciones  anuales del Programa Programa Escuela de Verano “Mas que un Juego; 2 puntos por contratos correspondiente a tres ediciones anuales del Programa  Escuela de Verano “Mas que un Juego”.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal,  con una valoración  máxima de 3 puntos, que versarán sobre temas relacionadas con el puesto objeto del proceso de selección.

 A los efectos de su acreditación la experiencia profesional se acreditara mediante contratos de trabajo ó certificaciones o documentos expedidos por la Secretaria o en su defecto, órgano competente de Entidades Públicas donde conste claramente la naturaleza y duración de los servicios prestados (experiencia en la administración pública). El resto de documentación será necesaria la presentación de copia compulsada de títulos y cursos alegados.

Entrevista: En caso de empate entre dos candidatos se realizará por parte del Tribunal una entrevista que versará sobre aspectos relacionados directa ó indirectamente con el normal  desempeño del puesto de trabajo que se pretende cubrir.

 Puntuación máxima: 3 puntos
La baremación máxima será de 13 puntos.
La Comisión de Valoración que se constituya al efecto, tendrá como función la baremación de las solicitudes presentadas así como resolver las situaciones de empate en los casos descritos en la base décimo primera de las presentes Bases. La Comisión tendrá la condición de comisión no permanente.

Estará compuesta por:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocales:
-  Tres empleados del Ayuntamiento de Santa Elena, a designar por la Alcaldía.
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Popular (con voz pero sin voto).
- Un/a Concejal del Grupo Municipal Socialista (con voz pero sin voto).

Secretario:
- El del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

La Comisión de Valoración, para su válida constitución, deberá contar con la asistencia del Presidente, del Secretario y de al menos dos de sus vocales. Asimismo, la citada Comisión podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para la valoración de las solicitudes, actuando con voz pero sin voto.

Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa vigente, asimismo podrán ser recusados por los aspirantes en la forma y casos que determina la normativa vigente.

La documentación acreditativa de los méritos deberán presentarla en el plazo de tres días, a partir de la recepción de la comunicación de los candidatos por el servicio andaluz de empleo.
Santa Elena a fecha 17 de Junio de 2019


Alcalde Presidente Ante mí la secretaria
Fdo. Ramón Coloma González Fdo. Ana Isabel Moreno García

miércoles, 12 de junio de 2019

Programa "Mas que un Juego" 2019

DON JUAN CAMINERO BERNAL, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA (JAEN)

HACE SABER:
     Se prepara la nueva edición del Programa "Mas Que un Juego" que el Ayuntamiento de Santa Elena y la Diputación Provincial, vienen organizando durante los meses de verano para que los niños de entre 6 y 16 años, puedan disfrutar durante las vacaciones de numerosas actividades y juegos, repartidas entre el día 1 de Julio al 31 de Agosto.   
       El periodo de inscripción estará abierto desde el día 12 al 26 de Junio, en el Ayuntamiento de Santa Elena donde se encuentran disponibles las solicitudes que se deben presentar en el registro del mismo.  
Santa Elena, a 11 de Junio de 2019

Fdo. Juan Caminero Bernal